RESOLUCIÓN Nº 127/DPR/20.
NEUQUÉN, 20 DE MARZO 2020.
VISTO:
El Código Fiscal Provincial vigente; los Decretos Provinciales Nº 0366/20 y 0371/20; la Resolución N° 035/DPR/20;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 0366/20 se declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia del Neuquén, en virtud de la declaración de la Organización Mundial de la Salud como pandemia del coronavirus (COVID-19), por un plazo de ciento ochenta (180) días;
Que, asimismo, el Decreto 0371/20 suspendió los plazos administrativos yeximió del deber de asistencia a su lugar de trabajo a todo el personal de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada, desde el día 18 de marzo y hasta el 31 de marzo de 2020;
Que mediante la Resolución 035/DPR/20 se aprueba el sistema denominado “Certificado Fiscal WEB” por el cual se emiten los certificados de Cumplimiento Fiscal en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 88 del Reglamento de Contrataciones dispuesto por Decreto Nº 2758/95, concordante con el Artículo 65º de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control y el procedimiento para suemisión;
Que, en virtud a las medidas adoptadas en los citados Decretos, la Dirección Provincial de Rentas se encuentra imposibilitada de realizar normalmente el procedimiento de emisión de certificado;
Que es de vital importancia, en la situación de Emergencia sanitaria en la que se encuentra la Provincia y el país, no dilatar ni estorbar las contrataciones o provisiones de insumos necesarios gestionados por los distintos organismos y entidades de laProvincia;
Que, por las razones mencionadas, la Dirección Provincial de Rentas emitirá de forma extraordinaria un certificado fiscal provisorio con duración hasta el 31/03/2020 a los efectos de evitar dilaciones en las contrataciones provinciales;
Que la emisión de dichos certificados provisorios no obsta las facultades de este Fisco de verificar el cumplimiento de las obligaciones de los proveedores que hagan uso de los mismos, aclarándose que todo incumplimiento y o irregularidad se analizará y se volverá a reflejar al momento de la finalización de las medidas adoptadas para combatir la pandemia del coronavirus (COVID-19);
Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de competencia
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
Artículo 1°:EMÍTASEun certificado de Cumplimiento Fiscal de carácter excepcional yprovisorioque dé cumplimiento a lo dispuesto enel inciso c) del
Artículo 88 del Reglamento de contrataciones dispuesto por Decreto Nº 2758/95, concordante con el Artículo 65º de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control con validez hasta el 31/03/2020, a todos los proveedores que contraten con la Provincia del Neuquén.
Artículo 2º:ESTABLÉCESEque dicho certificado, una vez vencido el plazo citado enelartículoanterior,noeximedeningunaobligaciónformalo
material que posean dichos proveedores con la Dirección Provincial de Rentas.
Artículo 2°:COMUNÍQUESE a las Direcciones Generales, Departamentos y Delegaciones de la Dirección Provincial de Rentas. PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial.REGÍSTRESE. Cumplido, ARCHÍVESE.