Ley Nº 3186-2019 – Por cual se incorpora, a las páginas web, la leyenda: ” TRATA DE PERSONAS ES ESCLAVITUD. Si sabes algo DENUNCIALO al 145″.

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LEY 3186

La Legislatura de la Provincia del Neuquén
Sanciona con Fuerza de
Ley:

Artículo 1.º Se establece que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; sus organismos descentralizados; y las empresas y sociedades del Estado provincial, deben   incorporar en su portal  web, en forma legible  y destacada, la leyenda:  «Trata  de personas es  esclavitud.      Si sabés algo, denuncialo al 145».

Artículo 2.º Se invita a los municipios, empresas privadas con sede en la provincia, asociaciones agremiadas y otras organizaciones de la sociedad civil a adoptar idéntico criterio.

Artículo 3.º  Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los tres días  de abril de dos mil diecinueve.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –  –

 

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