DISPOSICIÓN, 45/2015.-
NEUQUEN, 23 DE DICIEMBRE DE 2015.-
VISTO:
El Plan de Trabajo 2016, presentado por la Dirección General de Auditoría y Rendiciones de la Contaduría General de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Plan contempla tareas inherentes a las Rendiciones de Fondos y, se propone un enfoque con énfasis en los aspectos relevantes y sustanciales del universo de control, enmarcado en las áreas de su competencia en los Servicios Administrativo Financieros de los Organismos Centralizados;
Que el objetivo es determinar si en la ejecución del gasto realizado con los fondos administrados, se ha cumplido con las normas que regulan la Administración Financiera del Estado;
Que este enfoque se enmarca en la aplicación de un control que contribuya a mejorar los procedimientos existentes;
Que ello propenderá a mejorar las prácticas vigentes en los organismos controlados implementando y ejecutando el seguimiento de recomendaciones resultantes de las actividades de revisión;
Que el Plan comprende las actividades a desarrollar por la Dirección General de Auditoría y Rendiciones de la Contaduría General de la Provincia para el ejercicio financiero 2016;
Por ello, y en virtud de las facultades que le confiere el artículo 79° inciso c) de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control, e inciso 1) de su concordante del Decreto Reglamentario,
EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA
DISPONE
ARTICULO 1°): Aprobar el Plan de Trabajo 2016, que como Anexo forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTICULO 2°): El Plan de Trabajo se implementará en los Servicios Administrativo Financieros de los Organismos que se detallan a continuación:
Ministerio de Gobierno y Justicia
Ministerio de Seguridad, Trabajo y Ambiente
Ministerio de Educación
Ministerio de Economía e Infraestructura
Ministerio de Producción y Turismo
Ministerio de Salud y Desarrollo Social
Ministerio de Energía, Servicios Públicos y Recursos Naturales
Secretaría General
Secretaria de Planificación y Acción para el Desarrollo (COPADE)
tribunal de Cuentas
ARTICULO 3°): El Plan aprobado en el artículo 1º, correspondiente al ejercicio financiero 2016, será coordinado y ejecutado por personal de la Dirección General de Auditoría y Rendiciones de la Contaduría General de la Provincia.
ARTICULO 4°): Comuníquese y Archívese.