DISPOSICIÓN Nº 022/11 C.G.-
NEUQUEN, 11 de marzo de 2011.-
VISTO:
El Decreto Nº 2489/10 y la Resolución Nº 007/11 del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y:
CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas normas legales se autoriza a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro instrumentadas mediante pagarés a favor de acreedores del Estado provincial.
Que por el Decreto Nº 2489/10 la Tesorería General de la Provincia cancelaría deudas cuya causa y origen sean anteriores al 20 de diciembre de 2010 y con vencimiento en el año siguiente al ejercicio financiero en el cual se emitieron, generando con ello una operación de crédito público.
Que por la Resolución Nº 007/11 los pagarés emitidos cubrirían deficiencias estacionales de caja a cancelar en el transcurso del ejercicio financiero en el cual se emitieron y para los proveedores, acreedores y contratistas de la provincia.
Que a los efectos de implementar el mecanismo de pago de los mismos, resulta necesario instruir a los organismos públicos involucrados de los procedimientos administrativos y registros contables que deberán efectuar.
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA SUBCONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
DISPONE:
Artículo 1º) APRUÉBASE el procedimiento administrativo-contable para la implementación de las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 2489/10 y la Resolución Nº 007/11 M.H.O.P. que, como Anexo I, II y III, forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2º) INCORPÓRASE el Anexo I y II de la presente Disposición al Manual de Procedimientos Administrativos Contables del SI.CO.PRO.
Artículo 3º) La presente Disposición será de aplicación, en cada caso, a partir de la fecha de emisión de las normas legales mencionadas en el Artículo 1º.
Artículo 4º) Comuníquese y ARCHÍVESE.
ANEXO I DISPOSICIÓN Nº 022/11.
PROCEDIMIENTO Y REGISTRO CONTABLE DE PAGOS CON PAGARÉS SEGÚN DECRETO Nº 2489/10.
1- Para obligaciones a favor de acreedores del Estado Provincial, cuyas deudas tengan causa y origen anteriores al 20 de diciembre de 2010.
2- Por las órdenes de pago que se encuentren incluidas en pedidos de Transferencia Global de Fondos (TGF), Tesorería General de la Provincia procederá a excluirlas de la TGF para el pago con pagarés, tanto para los pedidos de Organismos de la Administración Central como Descentralizada.
3- Se comunica a los Servicios Administrativos Financieros (centralizados y descentralizados) involucrados, que procedan a cancelar todos los expedientes incluidos en la negociación con cargo a la cuenta 497 SA 01 20__ Pagos Documentados – Pagaré.
4- Para las Órdenes de Pago Directas a cancelar por la Tesorería General de la Provincia, se deberá proceder contra la cuenta 491 AC 07 20__ Uso del crédito a imputar.
5- Tesorería General de la Provincia procederá a realizar el pago y anticipo de fondos de los pedidos de transferencia global, que fueron excluidos.
a) Administración Central:
Se seleccionan los expedientes pulsando la opción “PAGO PAGARE”.
El sistema genera el registro automático del pago.
El sistema genera el Anticipo de Fondos.
b) Entes Descentralizados:
Se seleccionan los expedientes pulsando la opción “PAGO PAGARE”.
El sistema registra en forma automática el Libramiento con compromiso.
El sistema genera el registro automático del pago.
El sistema genera automáticamente el Recurso.
6- El Servicio del Tesoro, a pedido de la Tesorería General de la Provincia, generará Orden de Pago por los intereses según lo establecido en el Decreto Nº 2489/10.
7- Tesorería General de la Provincia realizará el pago de las Órdenes de Pago (Intereses y deuda del Servicio Administrativo Financiero por el Cargo Específico o TGF) y hará entrega al SAF de la cantidad de pagarés que se indique. El medio de pago es 6 “DOCUMENTOS (PAGARÉ).
8- El medio de pago a consignar en los registros contables del punto 3, será “97 SIN MEDIO DE PAGO – PAGARE”, a los fines de concluir el expediente del gasto.
9- Entregados los Documentos, Tesorería General de la Provincia informará a la Contaduría General de la Provincia para contabilizar el recurso correspondiente.
10- A los efectos de registrar la aplicación de los alcances del Decreto Nº 2489/10 en el sistema contable, en la transacción pago con y sin Libramiento, a partir de la implementación de la presente, se hará referencia a que dicho pago se efectúa con los alcances del Decreto Nº 2489/10.
Deudas exigibles contabilizadas en el año 2010 o siguiente, no incluidas en TGF, que corresponda pagarse con pagarés:
11- Entes Descentralizados:
Deberán solicitar la transferencia de Erogaciones Figurativas.
12- Al momento de recibir los pagarés y efectivo, efectuarán las transacciones habituales de ingreso de fondos, recurso y pago, observando utilizar la cuenta 497 SA 01 20__ Pagos Documentados – Pagaré, para la parte de los pagos con pagarés.
13- Entes Centralizados:
Se solicitará un cargo específico para los expedientes seleccionados y se generará la deuda con cargo a la cuenta 421 – libramiento SAF.
14- Cuando el SAF recibe los fondos y pagarés para cancelar la deuda, genera un registro de pago.
15- Tesorería General efectúa el registro contable del pago (PA) 491 AC 07 20__.. Uso del crédito a imputar y el Anticipo de Fondos (AF) con débito a la cuenta 497 SA 01 20__Pagos Documentados – Pagaré, e informa a la Contaduría General de la Provincia, procediendo de igual manera que el punto 9.-
INSTRUCCIÓN DE REGISTROS CONTABLES A EFECTUAR POR LOS ORGANISMOS INVOLUCRADOS. Decreto Nº 2489/10.
Pago con pagarés de la deuda solicitada con TGF
Punto 3:
Transacción: pago con libramiento (PA)
Administración Central
Cuenta Débito 211 SA 04 20.. Deuda con Prov. TGF
Cuenta Crédito 497 SA 01 20.. Pagos Decreto 2489/10
Cuenta Crédito 461 SA 01/03 Retenciones
Entes Descentralizados
Cuenta Débito 211 SA 01/02 20.. Deuda con Prov. y Cont.
Cuenta Crédito 497 SA 01 20.. Pagos Decreto 2489/10
Cuenta Crédito 282 SA 07,10 y 15 Retenciones
Punto 4:
Deuda existente en Tesorería General
Cuenta Débito 211 SA 01/02 20… Deuda con Prov. y Cont.
Cuenta Crédito 491 AC 07 20… Uso del Crédito a Imputar
Cuenta Crédito 282 SA 07,10 y 15 Retenciones…
Punto 5:
Por el pago del pedido de TGF: (PA)
Administración Central
Cuenta Débito 428 SA Libramiento Tesorería Anticipo TGF
Cuenta Crédito 111 AC 01 Rentas Generales TGP
Cuenta Crédito 491 AC 07 20.. Uso del Crédito a imputar
Anticipo de Fondos TGF: (AF)
Cuenta Débito 432 SA Cuenta bancaria de fondos especiales
Cuenta Débito 497 SA 01 20.. Pagos Decreto 2489/10
Cuenta Crédito 552 SA 00 20.. Anticipos a Rendir
Entes Descentralizados
(Registros Automáticos)
Libramiento: (LI)
Cuenta Débito (612 cuenta del sistema) Imputación Erogaciones figurativas
Cuenta Crédito 429 SA subcta. Libramiento Autárquico
Pago con libramiento: (PA)
Cuenta Débito 429 SA subcta. Libramiento Autárquico
Cuenta Crédito 111 AC Cuenta bancaria Rentas Generales
Cuenta Crédito 491 AC 07 20.. Uso del Crédito a Imputar
Registro del Recurso: (RC)
Cuenta Débito 497 SA 01 20.. Pagos Decreto 2489/10
Cuenta Débito 111 SA subc. Cuenta bancaria del SAF
Cuenta Crédito (652 cuenta del sistema) Contribuciones del Estado
Punto 9:
Contaduría General efectúa la transacción contable del Recurso (RC):
Cuenta Débito 491 AC 07 20… Uso del crédito a imputar
Cuenta Crédito (652 cuenta del sistema) Imputación del Recurso Deuda Pública
OTRAS DEUDAS REGISTRADAS QUE CORRESPONDA ABONARSE CON PAGARÉS NO INCLUIDAS EN TGF
Punto 11:
Entes Descentralizados:
Cuenta Débito 211 SA 01/02 20.. Deuda con Prov. y Cont.
Cuenta Crédito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados
Cuenta Crédito 282 SA 07,10 y 15 Retenciones …
Continúa el procedimiento contable del Punto 5 para Entes Descentralizados.
Punto 13:
Entes Centralizados:
El SAF solicita un cargo específico, generando la deuda en el SAF con la cuenta contable AC 421 SA – Libramiento SAF.
Contaduría General efectúa una transacción de Libramiento (LI):
Cuenta Débito 515 SA 00 20.. Cargo Específico – SAF
Cuenta Crédito 428 SA subc. 20.. Libramiento Tesorería Cargo Específico – SAF
Punto 15:
Tesorería General efectúa una transacción de Pago (PA):
Cuenta Débito 428 SA subc. 20.. Libramiento Tesorería Cargo Específico – SAF
Cuenta Crédito 491 AC 07 20… Uso del Crédito a Imputar
Cuenta Crédito 111 AC Cuenta bancaria Rentas Generales
Transacción Anticipo de Fondos (AF):
Cuenta Débito 435 SA 00 20.. Cargos Específicos – SAF
Cuenta Débito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados – Pagaré
Cuenta Crédito 555 Anticipos Cargos Específicos a rendir – SAF
Punto 14:
SAF recibe fondos y pagarés:
Transacción Pago con Libramiento:
Cuenta Débito: 421 SA 00 20.. Libramientos SAF
Cuenta Crédito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados – Pagaré
Transacción Pago con Libramiento:
Por el pago de las retenciones impositivas:
Cuenta Débito: 461 SA 01/03 Retenciones
Cuenta Crédito 435 SA 00 20.. Cargos específicos – SAF
ANEXO II DISPOSICIÓN Nº 022/11.
PROCEDIMIENTO Y REGISTRO CONTABLE DE PAGOS CON PAGARÉS SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 07/11 M.H.O.P.
1- Para obligaciones a favor de acreedores del Estado Provincial, cuyas deudas se cancelen mediante la entrega de pagarés en el marco de la Resolución Nº 07/11 M.H.O.P.
2- Por las órdenes de pago que se encuentren incluidas en pedidos de Transferencia Global de Fondos (TGF), Tesorería General de la Provincia procederá a excluirlas de TGF para el pago con pagarés, tanto para los pedidos de Organismos de la Administración Central como Descentralizada.
3- Se comunica a los Servicios Administrativos Financieros (centralizados y descentralizados) involucrados, para que procedan a cancelar todos los expedientes incluidos en la negociación con cargo a la cuenta 497 SA 01 20.. Pagos Documentados-Pagaré.
4- Para las Órdenes de Pago Directas a cancelar por la Tesorería General de la Provincia, se deberá proceder contra la cuenta 283 T 01 (documentos a pagar).
5- Tesorería General de La Provincia procederá a realizar el pago y anticipo de fondos de los pedidos de transferencia global, que fueron excluidos.
a) Administración Central:
Se seleccionan los expedientes pulsando la opción “PAGO PAGARE”.
El sistema generará el registro automático del pago.
El sistema genera el Anticipo de Fondos.
b) Entes Descentralizados:
Se seleccionan los expedientes pulsando la opción “PAGO PAGARE”.
El sistema registrará en forma automática el Libramiento con compromiso.
El sistema genera el registro automático del pago.
El sistema genera automáticamente el Recurso.
6- El Servicio del Tesoro, a pedido de la Tesorería General de la Provincia, generará Orden de Pago por los intereses según lo establecido en la Resolución Nº 07/11 M.H.O.P..
7-Tesorería General de la Provincia realizará el pago de las Órdenes de Pago (Intereses y deuda del SAF por el Cargo Específico o TGF) y hará entrega al SAF de la cantidad de pagarés que se indique. El medio de pago es 6 “DOCUMENTOS (PAGARÉ).
8- El medio de pago a consignar en los registros contables del punto 3, será “97 SIN MEDIO DE PAGO – PAGARE”, a los fines de concluir el expediente del gasto.
Deudas exigibles contabilizadas en el año 2010 o siguiente, no incluidas en TGF, que corresponda pagarse con pagarés.
9-Entes Descentralizados:
Deberán solicitar la transferencia de Erogaciones Figurativas.
Al momento de recibir los pagarés y efectivo, efectuarán las transacciones habituales de ingreso de fondos, recurso y pago, observando utilizar la cuenta 497 SA 01 20.. Pagos Documentados, para la parte de los pagos con pagarés.
10- Entes Centralizados.
Se solicitará un cargo especifico para los expedientes seleccionados y se genera la deuda con cargo a la cuenta 421 – libramiento SAF.
11-Cuando el SAF recibe los fondos y pagarés para cancelar la deuda, genera un registro de
12. Tesorería General efectúa el registro contable del pago (PA) contra la cuenta 283 T 01 Documentos a Pagar y el Anticipo de Fondos (AF) con débito a la cuenta 497 SA 01 20.. Pagos Documentados.
RESOLUCIÓN DE TESORERÍA GENERAL DEUDA DOCUMENTADA
Caso de entrega de pagarés efectuado en el ejercicio 2011. Genera Deuda Documentada.
Pago con pagarés de la deuda solicitada con TGF
Punto 3:
Transacción: pago con libramiento (PA)
Administración Central
Cuenta Débito 211 SA 04 20.. Deuda con Prov. TGF
Cuenta Crédito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados
Cuenta Crédito 461 SA 01/03 Retenciones
Entes Descentralizados
Cuenta Débito 211 SA 01/02 20.. Deuda con Prov. y Cont.
Cuenta Crédito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados
Cuenta Crédito 282 SA 07,10 y 15 Retenciones
Punto 4:
Deuda existente en Tesorería General
Cuenta Débito 211 SA 01/02 20.. Deuda con Prov. y Cont.
Cuenta Crédito 283 T 01 Documentos a Pagar
Cuenta Crédito 282 SA 07,10 y 15 Retenciones
Punto 5:
Por el pago del pedido de TGF (PA):
Administración Central
Cuenta Débito 428 SA Libramiento Tesorería Anticipo TGF
Cuenta Crédito 111 AC Cuenta Bancaria de Rentas Generales
Cuenta Crédito 283 T 01 Documentos a Pagar
Anticipo de Fondos TGF (AF):
Cuenta Débito 432 SA Cuenta bancaria de fondos especiales
Cuenta Débito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados
Cuenta Crédito 552 SA 00 20.. Anticipos a Rendir
Entes Descentralizados
(Registros Automáticos)
Libramiento:
Cuenta Débito (612 cuenta del sistema) Imputación Erogaciones Figurativas
Cuenta Crédito 429 SA subcta. Libramiento Autárquico
Pago con libramiento:
Cuenta Débito 429 SA subcta. Libramiento Autárquico TGF
Cuenta Crédito 111 AC Cuenta bancaria Rentas Generales.
Cuenta Crédito 283 T 01 Documentos a Pagar
Registro del Recurso:
Cuenta Débito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados
Cuenta Débito 111 SA subc Cuenta bancaria del SAF
Cuenta Crédito (652 cuenta del sistema) Contribuciones del Estado.
OTRAS DEUDAS REGISTRADAS QUE CORRESPONDA ABONARSE CON PAGARÉS NO INCLUIDAS EN TGF
Punto 9:
Entes Descentralizados:
Cuenta Débito 211 SA 01/02 20.. Deuda con Prov. y Cont.
Cuenta Crédito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados – Pagaré
Cuenta Crédito 282 SA 07,10 y 15 Retenciones …
Continúa el procedimiento contable del Punto 5 para Entes Descentralizados.
Punto 10:
Entes Centralizados:
El SAF solicita un cargo específico, generando la deuda en el SAF con la cuenta contable AC 421 SA – Libramiento SAF.
Contaduría General efectúa una transacción de Libramiento (LI):
Cuenta Débito 515 SA 00 20.. Cargo Específico – SAF
Cuenta Crédito 428 SA sub. 20.. Libramiento Tesorería Cargo Específico – SAF
Tesorería General efectúa una transacción de Pago (PA):
Cuenta Débito 428 SA subc. 20.. Libram. Tesorería Cargo Específico – SAF
Cuenta Crédito 283 T 01 Documentos a Pagar
Cuenta Crédito 111 AC Cuenta bancaria Rentas Generales
Transacción Anticipo de Fondos (AF):
Cuenta Débito 435 SA 00 20.. Cargos Específicos – SAF
Cuenta Débito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados – Pagaré
Cuenta Crédito 555 Anticipos Cargos Específicos a rendir – SAF
Punto 11:
SAF recibe fondos y pagarés:
Transacción Pago con Libramiento:
Cuenta Débito: 421 SA 00 20.. Libramientos SAF
Cuenta Crédito 497 SA 01 20.. Pagos Documentados – Pagaré
Transacción Pago con Libramiento:
Por el pago de las retenciones impositivas:
Cuenta Débito: 461 SA 01/03 Retenciones
Cuenta Crédito 435 SA 00 20.. Cargos Específicos – SAF
Ver Anexo III Disposición Nº 022/11
Ver Anexo III Disposición Nº 022/11 continuación