DISPOSICIÓN Nº 77 /05 CG.-
NEUQUEN, 16 de Agosto de 2005.-
VISTO:
La obligatoriedad de efectuar retenciones impositivas y previsionales en el ámbito de la Administración Pública Provincial, y:
CONSIDERANDO:
Que a tal fin se procedió a un reempadronamiento de los proveedores para contar con datos actualizados sobre la situación fiscal de cada uno.
Que el 31 del corriente mes se da por finalizado dicho reempadronamiento, procediéndose a suspender a todos aquellos proveedores que estando vigente su inscripción, no se han presentado al mismo.
Que dentro de los requisitos para el reempadronamiento, se solicitó la apertura de una cuenta bancaria a la vista, con el objeto de dar cumplimiento a lo prescripto en el Decreto 367/04 y normas complementarias.
Que en consecuencia es factible la puesta en producción del sistema informático de retenciones impositivas y previsionales, oportunamente desarrollado dentro del sistema contable Sicopro, a efectos de implementar también la acreditación automática en cuenta para la Transferencia Global de Fondos para organismos centralizados.
Que a tal fin se ha procedido a presentar el sistema a los distintos Servicios Administrativos Financieros y comenzar con la correspondiente capacitación a los usuarios.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE PROVINCIA
D I S P O N E :
Artículo 1.- APRUÉBASE el subsistema de Retenciones Impositivas y Previsionales, y el subsistema de Acreditación Automática en Cuenta bancaria de proveedores, dependientes del Sistema Contable SICOPRO, desarrollado por la Contaduría General de la Provincia.
Artículo 2.- APRUÉBASE el procedimiento administrativo contable de ambos sistemas, que como Anexo I, forma parte de la presente Disposición, e incorpórase al Manual de Procedimientos Contables del sistema SICOPRO.
Artículo 3.- FÍJASE como fecha de inicio para la implementación, el 01/09/2005, para todos los organismos que utilizan el sistema contable SICOPRO y establécese como fecha de inicio de la capacitación a usuarios, el día 17/08/2005
Artículo 4.- Notifíquese y Archívese
ANEXO I DISPOSICIÓN 77/05 C.G.
SUBSISTEMA DE RETENCIONES IMPOSITIVAS
TRANSFERENCIA GLOBAL DE FONDOS SAF CENTRALIZADOS – ACREDITACION AUTOMÁTICA EN CUENTA BANCARIA
A partir de la puesta en marcha del sistema de retenciones impositivas, se implementa también la acreditación automática en cuenta bancaria del proveedor, de los importe netos a cobrar determinados e incluidos en Transferencia Global de Fondos para SAF centralizados.
Ello implica que la Tesorería General de la Provincia para aquellas Ordenes de Pago incluidas en Transferencia Global de Fondos, procederá a acreditar los importes totales de éstas, al Servicio Administrativo Financiero correspondiente y a su vez, generará el registro contable del Pago con Libramiento, de la cuenta del SAF de T.G.F. a la cuenta del proveedor según se haya informado en el Padrón de Proveedores, y las retenciones impositivas a las cuentas pasivas.
De este modo, el SAF levantará con el medio magnético de acreditación, el registro efectuado por la Tesorería General por el importe neto a acreditar.
Al generar la transferencia, el sistema enviará un mensaje al SAF con indicación de las acreditaciones automáticas efectuadas y aquellas que fueron acreditadas en la cuenta del SAF pero no han sido acreditadas en forma automática.
Exclusión de acreditación automática-causas:
a. Facturas Cedidas o embargadas
b. Depósitos Judiciales
c. Proveedores que no tienen cuenta bancaria informada en el Padrón.
d. Proveedores con faltantes de datos impositivos.
e. Los que determine la Tesorería General.
Esquema de Acreditación automática TGF Administración Central
SAF Centralizado: Emite Orden de pago interna a favor de proveedores
Codifica nomenclatura de gastos e impositiva
Emite Solicitud de TGF de esas Ordenes internas
Tesoreria Gral. Pcia: Codifica nomenclatura de gastos e impositiva de la solicitud de TGF
Autoriza TGF.
Realiza el Pago de la TGF
Genera en forma automática el AF al SAF por el total
Genera en forma automática del Pago del SAF al proveedor por el neto y registra también las retenciones.
Genera el archivo de acreditación en cuenta por sus pagos.
SAF Centralizado: Genera archivo de acreditación a proveedores con operaciones propias (por Fondo Permanente y Cargos Específicos) y las realizadas en forma automática por la Tesorería General.
Imprime los comprobantes de las retenciones (para el proveedor y los expedientes)
Deposita en su momento, las retenciones practicadas (las propias y las automáticas) generando el registro del Pago.
Por aquellas Ordenes de Pago incluidas en TGF que por algún motivo no fue posible su acreditación automática, debe realizar la determinación impositiva, si corresponde, y generar la transacción de Pago.
PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSICIÓN
A partir de la puesta en vigencia de ambos subsistemas, se observará el siguiente procedimiento para las Ordenes de Pago:
1. Pagadas al 31/08/2005: no se nomencla
2. Impagas (total o parcial) al 31/08/2005: debe nomenclarse y determinarse la retención.