Derogado por:
DECRETO N° 53/99.-
NEUQUEN, 13 de diciembre de 1999.-
VISTO:
El Decreto N° 47/99 de Declaración de Emergencia Administrativa, Económico y Financiera. y
CONSIDERANDO:
Que es preciso adoptar medidas de racionalización del gasto público, en materia de administración de recursos internos que contribuyan a revertir el desfasaje imperante;
Que a pesar de contar el Estado Provincial con una importante cantidad de inmuebles para el desarrollo de sus tareas específicas, posee además numerosas oficinas en alquiler, lo cual no se compadece con la gravedad de la situación económica de
Que se considera necesario proceder rescindir o a no renovar o prorrogar de los contratos de alquiler de inmuebles que no sean imprescindibles;
Por ello:
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
Artículo 1°- SUSPÉNDASE el alquiler de nuevos inmuebles en el ámbito de
Articulo 2°- PROCÉDASE en forma paulatina y ordenada a la devolución de los inmuebles alquilados con contrato en vigencia, debiendo garantizarse un ahorro mínimo en este rubro del cincuenta por ciento (50%) de la partida de alquileres contemplada para todo el año 1998, durante el año 2.000 y del noventa por ciento (90%) de la partida de alquileres contemplada para todo el año 1998 durante el año 2.001
Artículo 3°- RESCÍNDASE al 31 de diciembre del corriente año, la totalidad de los contratos de locación de viviendas para funcionarios y agentes de
Artículo 4°- ASIGNASE la responsabilidad del cumplimiento del presente Decreto a los
Subsecretarios de cada Área, Presidentes de Organismos Descentralizados y los respectivos Directores de Administración.
Artículo 5°- El presente Decreto será firmado en Acuerdo General de Ministros.
Artículo 6°- Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y Archívese.