DECRETO Nº 433/09.-
NEUQUEN 23 de Marzo de 2009
VISTO:
El Decreto Nacional Nº 206/2009; y
CONSIDERANDO:
Que la grave crisis económico-financiera internacional desatada en las economías más desarrolladas del planeta ha trascendido todas las fronteras generando consecuencias indeseadas en todos los países;
Que la Argentina y en particular la Provincia del Neuquén no son ajenas a dicha situación, que se evidencia en la desaceleración del crecimiento económico y en la contracción en la demanda de empleo por parte – de diversos sectores;
Que por ello se hace necesario que el Estado tome todas las medidas a su alcance a los fines de preservar los puestos de trabajo, impulsando la inversión en obras de infraestructura que generen un efecto multiplicador en el resto de los sectores económicos;
Que así lo ha entendido el Estado Nacional al dictar el Decreto Nº 206/2009 a través del cual establece la creación de un FONDO FEDERAL SOLIDARIO, cuyo destino será exclusivamente el de financiar obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial en ámbitos urbanos o rurales;
Que para ello la Nación ha establecido en forma extraordinaria la coparticipación a las Provincias y cada uno de sus Municipios del treinta por ciento (30%) de los montos efectivamente recaudados en concepto de derecho de exportación de soja;
Que a los fines de poder acceder a dichos fondos, es necesaria la adhesión por parte de la Provincia y de los Municipios al citado Decreto Nacional, quedando prohibida la aplicación de los mismos al financiamiento de gastos corrientes;
Que el Decreto Nacional Nº 206/2009 establece la necesidad de adoptar mecanismos de control que aseguren la transparencia en la utilización de los fondos que se distribuyan a las Provincias y a sus Municipios;
Que la Constitución Provincial en su artículo Nº 258 y la Ley 2141 de Administración Financiera y Control en su artículo Nº 85 establecen que el Tribunal de Cuentas de la Provincia ejercerá el control externo del sector público Provincial y Municipal respecto a la percepción e inversión de caudales públicos;
Que la presente adhesión al Decreto Nacional repercute en un claro beneficio fiscal para la Provincia y la totalidad de los Municipios de la Provincia del Neuquén;
Que el artículo 6º del Decreto 206/2009 establece que los fondos recaudados comenzarán a distribuirse el primer día hábil inmediato posterior a su publicación en el Boletín Oficial, la que tuvo lugar con fecha 20 de marzo de 2009, entre las Provincias que hubieran adherido;
Que en dicho contexto resulta imperativo la necesaria y urgente adhesión al régimen implementado en el referido Decreto Nacional;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN
DECRETA:
Artículo 1º: ADHIÉRASE en todos sus términos al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 206/2009 que establece la creación del Fondo Federal Solidario.-
Artículo 2º: INVITASE a los Municipios de la Provincia del Neuquén a adherir al presente Decreto.-
Artículo 3º: DETERMÍNASE que los fondos percibidos en virtud del presente Decreto no podrán ser afectados para el financiamiento de gastos corrientes y su control será ejercido por los organismos competentes.
Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros.-
Artículo 5º: Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.-
Fdo) SAPAG
TOBARES
BERTOYA
RUIZ
JONSSON
VINCENT
PEREZ