DECRETO Nº 3/03
NEUQUEN, 02 ENERO DE 2003
VISTO:
El Decreto Nacional Nº 2312/02; y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, en su artículo 1°, se establece en el 19 % la alícuota prevista en el primer párrafo del artículo 28° de
Que en virtud de ello resulta procedente autorizar a los Organismos Comitentes a realizar los reajustes que surjan de la variación de la alícuota general;
Que se cuenta con la intervención de
Por ello;
EL GOBERNADOR DE
D E C R E T A
ARTICULO 1°: AUTORIZASE a los servicios administrativos a efectuar el ajuste de las contrataciones que resulten como consecuencia de la variación de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado dispuesta por el Artículo 1° del Decreto Nacional Nº 2312/02, por los hechos imponibles generados a partir del día 18 de Noviembre de 2002 y hasta el 16 de Enero 2003.
La implementación de lo dispuesto precedentemente, se realizará mediante la aplicación del factor corrector correspondiente, y que posibilite el ajuste de la real incidencia fiscal producida como consecuencia de la sanción del mencionado Decreto.
El factor coeficiente de reducción a aplicar es el 0,9835.
ARTICULO 2°: El ajuste establecido en el Artículo 1º del presente Decreto, será de aplicación para aquellos proveedores y contratistas que resulten responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado y acrediten tal condición ante el Organismo Comitente, mediante la presentación de la constancia extendida por
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 4°: Comuníquese, Publíquese, dése intervención al Boletín Oficial y Cumplido ARCHIVESE.
FDO.) SOBISCH
PUJANTE