Decreto Nº 3-2003 Ajuste en las contrataciones -Disminución alícuota de IVA – Aplicación de factor de corrección

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DECRETO 3/03

NEUQUEN, 02 ENERO DE 2003

 

VISTO:

          El Decreto Nacional Nº 2312/02; y

CONSIDERANDO:

          Que por el mismo, en su artículo 1°, se establece en el 19 % la alícuota prevista en el primer párrafo del artículo 28° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 18 de Noviembre de 2002 y hasta el 17 de Enero de 2003 ambas fechas inclusive;

          Que en virtud de ello resulta procedente autorizar a los Organismos Comitentes a realizar los reajustes que surjan de la variación de la alícuota general;

          Que se cuenta con la intervención de la Contaduría General de la Provincia;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN

D E C R E T A 

ARTICULO 1°: AUTORIZASE a los servicios administrativos a efectuar el ajuste de las contrataciones que resulten como consecuencia de la variación de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado dispuesta por el Artículo 1° del Decreto Nacional Nº 2312/02, por los hechos imponibles generados a partir del día 18 de Noviembre de 2002 y hasta el 16 de Enero 2003.­

La implementación de lo dispuesto precedentemente, se realizará mediante la aplicación del factor corrector correspondiente, y que posibilite el ajuste de la real incidencia fiscal producida como consecuencia de la sanción del mencionado Decreto.­

El factor coeficiente de reducción a aplicar es el 0,9835.­

ARTICULO 2°: El ajuste establecido en el Artículo 1º del presente Decreto, será de aplicación para aquellos proveedores y contratistas que resulten responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado y acrediten tal condición ante el Organismo Comitente, mediante la presentación de la constancia extendida por la Dirección General Impositiva.­

ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.­

ARTICULO 4°: Comuníquese, Publíquese, dése intervención al Boletín Oficial y Cumplido ARCHIVESE.­

 

 

FDO.) SOBISCH

PUJANTE

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