DECRETO Nº 0269/12.-
NEUQUÉN, 23 FEB 2012.-
VISTO:
La Ley N° 2141 de Administración Financiera y Control y el Anexo I del Decreto N° 2758/95 reglamentario de la misma; y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 3 º y 4º de la Ley 2141 establecen que la Provincia del Neuquén cuenta con un modelo de control integral conforme a los principios de legalidad, regularidad, responsabilidad, resguardo, economía, eficacia y eficiencia;
Que el artículo 5º de la citada ley determina los órganos ejecutores del sistema de control de la Provincia del Neuquén y entre ellos a la Contaduría General de la Provincia y a las Unidades de Auditoría Interna;
Que en el artículo 5º del Anexo I del Decreto N° 2758/95, reglamentario de la La Ley N° 2141 de Administración Financiera y Control faculta al Poder Ejecutivo y los órganos centralizados dependientes del mismo y los organismos descentralizados, incluido el Instituto de Seguridad Social del Neuquén a constituir dentro de su estructura orgánica Unidades de Auditoría Interna a propuesta de la Contaduría General de la Provincia;
Que en el citado artículo establece que las Unidades de Auditoría Interna (UAI) dependerán funcionalmente de la Contaduría General de la Provincia y que los Auditores afectados a las mismas deberán reunir los perfiles, condiciones y requisitos técnicos que ésta establezca;
Que el artículo 77º de la citada ley establece que la Contaduría General es el órgano rector de los sistemas de control interno de la hacienda pública, y en tal sentido actuará como auditoría interna del Poder Ejecutivo;
Que es oportuno incorporar mecanismos de coordinación institucional con el objetivo de fortalecer entre los responsables de las ejecuciones de las actividades y programas presupuestarios la planificación y evaluación del presupuesto en concordancia con el control;
Que el propósito del Gobierno Provincial es configurar un esquema de control eficaz en el quehacer diario de quienes administran fondos públicos;
Que es necesario profundizar la austeridad y disciplina presupuestaria acercando los controles a tiempo real y perseguir una devolución cercana de las recomendaciones que permitan evaluar la eficiencia y eficacia en la gestión pública;
Que en este sentido, se propone en una primera instancia, la creación de Unidades de Auditoria Interna en los Ministerios de: Gobierno Educación y Justicia, Salud y Desarrollo Social;
Que las Unidades de Auditoría Interna constituyen un sensor de gestión para el control interno;
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN
D E C R E T A:
Artículo 1º: CREANSE las Unidades de Auditoría Interna (UAI) conforme a lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 2141 y su decreto reglamentario en las siguientes jurisdicciones:
JURI |
S A |
DESCRIPCIÓN |
3 |
GE |
MINISTERIO DE GOBIERNO EDUCACION Y JUSTICIA |
10 |
L |
MINISTERIO DE SALUD |
12 |
PP |
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL |
Artículo 2°: DETERMÍNASE que la Contaduría General de la Provincia dictará las normas relativas a las funciones y organización de las unidades creadas en el artículo 1º del presente, conforme al artículo 5º del Anexo I del Decreto N° 2758/95, reglamentario de la Ley 2141, dentro de los 180 días de la sanción del presente decreto.-
Artículo 3°: ESTABLÉZCASE que las designaciones a que hace referencia el artículo 5º in fine del Anexo I del Decreto N° 2758/95, reglamentario de la Ley 2141, deberán contar con aprobación previa de la Contaduría General.-
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Economía y Obras Públicas, de Gobierno Educación y Justicia, de Salud y de Desarrollo Social.
Artículo 5º: Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y ARCHIVESE.-