DECRETO Nº 1924/2014.-
NEUQUÉN, 08 de SEPTIEMBRE de 2014 .-
VISTO:
El expediente Nº 5830-002600/2013 del registro de Mesa de Entradas y Salidas de la Contaduría General de la Provincia del Neuquén, mediante el cual se tramita la aprobación del texto ordenado y actualizado del Anexo I y II del Decreto Nº 2758/95 – Reglamentario de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control; y
CONSIDERANDO:
Que desde la Contaduría General de la Provincia se impulsa un texto ordenado y actualizado de la norma legal mencionada en el Visto,en virtud a las modificaciones normativas que se han sancionado desde el año 1996 a la fecha;
Que en idéntico sentido el Poder Ejecutivo, a propuesta de Contaduría General, elevo a la Honorable Legislatura de la Provincia un proyecto de reordenamiento de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control, el cual fue aprobado por la Resolución Nº 853 a los dieciséis (16) días de Abril de 2014;
Que a fin de contar con las herramientas legales necesarias para cumplir con los objetivos que se establecen en la ley, es que se impulsa la emisión de la presente norma legal;
Que han sido considerados para la actualización de los Anexos I y II del Decreto Nº 2758/95 Reglamentario de la Ley 2141 de Administración Financiera los siguientes Decretos Nº 976/96, 1438/99, 1862/00, 2700/00, 1034/01, 2401/01, 1157/02, 748/03, 2398/04, 1927/05, 1479/09, 1688/10, 981/13 y 301/14;.
Que se ha dado intervención a la Asesoría General de la Gobernación y a la Fiscalía de Estado, conforme los Artículos 89º y 98º de la Ley 1284 de Procedimiento Administrativo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
D E C R E T A:
Artículo 1º: APRUÉBASE el texto actualizado y ordenado de los Anexos I y II del Decreto Nº 2758/95, reglamentario de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control, que como ANEXO ÚNICO forma parte de la presente norma legal.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y Archívese.
Fdo) SAPAG
GASTAMINZA
GUTIÉRREZ
BERTOYA
RODRÍGUEZ
BUTIGUÉ
COCO