Derogado por:
DECRETO Nº 1640/79
NEUQUEN, 13 DE AGOSTO DE 1979
VISTO:
El Artículo 5º de la Ley Nº 1160 y el Decreto Nº 0096/79, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 1160, es necesario modificar lo dispuesto en el Decreto Nº 0096/79, con el fin de instrumentar un sistema que permita registrar las conversiones y/o transferencias de cargos para lograr la permanente y real composición de la Planta de Personal de la Administración Público Provincial;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN
DECRETA
Artículo 1º.- Apruébase las Instrucciones para Conversiones y/o Transferencias de Cargos, la Minuta de Conversiones y/o Transferencias y la Minuta de Correcciones de Conversiones y/o Transferencias que en Anexo A, B y C, respectivamente, forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- El presente Decreto será de aplicación cuando las leyes del Presupuesto prevean la posibilidad de efectuar conversiones y/o transferencias de cargos, las que se efectivizaran mediante la sanción del respectivo Decreto del Poder Ejecutivo.
Artículo 3º.- Toman razón las Direcciones de Administración de los Organismos centralizados, descentralizados y autárquicos, la Dirección General de Personal y las Unidades Sectoriales de Personal.-
Artículo 4º.- Derógase el Decreto Nº 0096/79.-
Articulo 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.-
Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y ARCHIVESE
FDO) TRIMARCO
FERNANDEZ
MARTI RETA
GUTIERREZ
IRIGOYEN
FERRARESO