DECRETO Nº 1076/05.-
NEUQUEN, 06 DE JULIO DE 2005.-
VISTO:
El Expediente N° 3540-000603/2005 del Registro de
CONSIDERANDO:
Que por los derogados Decretos Provinciales Nº 2715/00 y 3160/04, se procedieron a incrementar los montos para las contrataciones regulad as en
Que en su oportunidad los citados decretos se dictaron con el objeto de dar celeridad a la atención de las urgencias presentadas en los distintos establecimientos educativos de nuestra Provincia;
Que en virtud de la modificación del régimen económico vigente hasta el ano 2002, con la sanción de la ley de emergencia económica Nro. 25.561, fue necesario propiciar un nuevo aumento en los montos topes para las contrataciones administrativas, dictándose el Decreto Provincial Nº 1871/04;
Que la devaluación económica sufrida en
Que
Que por todo lo antes expuesto y a fin de hacer efectivo un justa mantenimiento escolar, es necesario ampliar los topes establecidos en la reglamentación a
Que de este modo se ofrece una herramienta eficaz para la toma y ejecución de las decisiones, teniendo como objetivo principal la correcta atención del esencial servicio educativo
Por ello;
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
Articulo 1°: Incorporase para el Articulo 1 °) del Decreto Nº 1871/04 la siguiente escala de montos limites, que regirá exclusivamente para las contrataciones de trabajos de refacciones, reparaciones y/o mantenimiento con destino a Edificios Escolares:
a) Licitación Publica mas de $200.000
b) Licitación Privada hasta $200.000
c) Concurso de Precios hasta $130.000
d) Contrataciones Directas hasta $ 80.000
Cuando en las contrataciones directas previstas en este Decreto se supere el monto de pesos diez mil ($10.000), se deberá realizar indefectiblemente una compulsa de precios con no menos de tres presupuestos.
Articulo 2°: EI presente Decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros.
Articulo 3°: Comuníquese, publíquese, dése intervención al Boletín Oficial y archívese.
FDO. SOBISCH
LARA
SILVESTRINI
MORAN
FERNANDEZ DOTZEL
GORE
MANGANARO
GUTIERREZ
OSCOS
ESTEVES