Neuquén, 23 de julio de 2021.
VISTO:
El EX-2021-00709739-NEU-POLICIA del registro de la Mesa General de Entradas y Salidas de Je- fatura de Policía; y
CONSIDERANDO:
Que la Policía de la Provincia del Neuquén, cumple un rol indelegable en materia de seguridad y prevención del delito en todo el territorio de la Provincia;
Que en materia de contrataciones, la Policía se provee constantemente de elementos necesarios para su función, desde armas de fuego, balas, cartuchos, chalecos antibala, cargadores, equipos de co- municación, indumentaria para equipos especiales, combustibles, innumerables repuestos de móviles policiales, racionamiento diario en las unidades de detención y en la escuela de cadetes y de oficiales, refacciones y reparaciones en edificios policiales, hasta adquisición de automóviles, camionetas, auto- bombas y sus respectivos equipamientos;
Que a través del Decreto Nº 1457/14, el Poder Ejecutivo le otorgó las herramientas necesarias para brindar una mayor celeridad en lo que respecta a la fijación de límites para contrataciones, y a las auto- rizaciones y aprobaciones del gasto del Fondo de Reequipamiento Policial;
Que posteriormente mediante Decreto N° 793/16, que deroga el Decreto antes mencionado, se estableció la escala de montos límites que regirá exclusivamente para las contrataciones realizadas por la Policía de la Provincia del Neuquén, y los funcionarios facultados para autorizar y aprobar las con- trataciones de los bienes de funcionamiento, servicios y bienes de capital que adquiera la mencionada Institución, conforme los importes allí establecidos;
Que, por otra parte, y en lo que respecta al régimen general de contrataciones, de acuerdo con lo establecido en el inciso 1) del artículo 64° de la Ley Administración Financiera y Control 2141 “… podrá contratarse: 1) Hasta cien mil pesos ($100.000.-) según lo reglamente el Poder Ejecutivo, quien podrá autorizar modificaciones a dicho límite en función de índices de precios u otras metodologías apropiadas que reflejen la depreciación monetaria …”;
Que con el fin de reflejar en los montos límites de las contrataciones la depreciación monetaria, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto N° 1665/18 de fecha 02 de octubre de 2018, a través del cual amplió el límite establecido por el mencionado inciso 1) del artículo 64°, hasta la suma de pesos tres millones ($3.000.000) contemplando las variaciones sufridas por el índice de Precios al Consumidor (IPC-Neu- quén), entre agosto de 2016 y septiembre de 2018;
Que mediante DECTO-2021-799-E-NEU-GPN, de fecha 20 de mayo del 2021, se actualizaron los montos límite para las contrataciones en general, adecuando los importes de los procedimientos, las facultades de autorización y aprobación de las contrataciones de los funcionarios intervinientes, estable- cidos en los artículos 1° y 2° del Decreto N° 2758/95, Anexo II del Reglamento de Contrataciones;
Que cabe destacar que desde el año 2016 no se han actualizado los montos establecidos en el De- creto N° 793/16, en lo que refiere a las contrataciones que realiza la Policía de la Provincia del Neuquén; Que puede vislumbrarse en la economía nacional, un proceso inflacionario que impacta directa y significativamente sobre los precios de los bienes de funcionamiento, servicios y bienes de capital que adquiere la Policía de la Provincia del Neuquén, produciéndose una permanente alza generalizada en los costos de adquisición de insumos, sumado a las abruptas oscilaciones del dólar estadounidense en el último período y los efectos que produjo la emergencia sanitaria por el Coronavirus declarado como pandemia por la Organización Mundial de la Salud en fecha 11 de marzo de 2020;
Que para dar respuestas más eficientes, resulta necesario incrementar los montos límites de con- trataciones a que se refiere el artículo 64° de la Ley de Administración Financiera y Control 2141, dero- gando el referido Decreto N° 793/16, actualizando los valores en sintonía a lo reglado para el régimen general conforme DECTO-2021-799-E-NEU-GPN;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 89º de la Ley 1284, se ha dado debida intervención a la Asesoría General de Gobierno, a la Fiscalía de Estado de la Provincia del Neuquén y la Dirección Pro- vincial de Legal y Técnica del Ministerio de Gobierno y Seguridad;
Que, no existiendo óbices legales, corresponde proceder al dictado de la presente norma conforme lo normado y las facultades conferidas por el artículo 66° de la Ley de Administración Financiera y Control 2141;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
DECRETA:
Artículo 1º: ESTABLÉZCASE la escala de montos límite que regirá exclusivamente para las contrataciones realizadas por la Policía de la Provincia del Neuquén, de la siguiente manera:
a. LICITACIÓN PÚBLICA | MáS DE $7.000.000,00. |
b. LICITACIÓN PRIVADA | hASTA $7.000.000,00. |
c. CONCURSO DE PRECIOS | hASTA $1.750.000,00. |
d. CONTRATACIÓN DIRECTA | hASTA $600.000,00. |
Artículo 2º: ESTABLÉZCASE que para las contrataciones de los bienes de funcionamiento, servi- cios y bienes de capital que adquiera la Policía de la Provincia del Neuquén, las autorizaciones y apro- baciones se llevarán a cabo con la intervención de los funcionarios cuyas facultades se determinarán de acuerdo con los importes que a continuación se establecen:
AUTORIZACIÓN | APROBACIÓN | |
a) Más de $7.000.000,00 | Poder Ejecutivo | Ministro |
b) hasta $7.000.000,00 | Ministro | Jefe de Policía |
c) hasta $1.750.000,00 | Jefe de Policía | Director de Administración (IP) |
d) hasta $600.000,00 | Director de Administración (JP) | Director de Administración (JP) |
Artículo 3º: DERÓGASE el Decreto Nº 793 de fecha 13 de junio de 2016.
Artículo 4º: El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Gobierno y Seguridad.
Artículo 6º: Comuníquese, publíquese, dese intervención del Boletín Oficial y cumplido, Archívese.
FDO.) GUTIÉRREZ
MERLO