Decreto Nº 575-2017 – Actualización Sueldos Policía

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DECRETO Nº 0575/17.-
NEUQUÉN, 24 ABR 2017.-

VISTO:

La propuesta formulada por la Jefatura de la Policía de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia ha arribado a una recomposición salarial para los trabajadores de los distintos sectores de la Administración Pública Provincial;

Que la Institución Policial es parte integrante de la Administración del Gobierno de la Provincia del Neuquén;

Que en consideración por la función que desempeña el recurso humano que integra la Institución Policial es fundamental en el desarrollo civil con el fin de garantizar el orden público;

Que continuando con la finalidad que el personal subalterno complete la carrera policial, y reflejándose el tiempo y sacrificio invertido en la función policial, se considera conveniente realizar un reconocimiento económico;

Que a pesar de las dificultades financieras de la Provincia, la presente gestión ha puesto en práctica una política activa con el objetivo de garantizar la atención a la comunidad y mantener la paz social;

Que por lo expuesto corresponde el dictado de la presente norma legal;

Por ello;

 EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

D E C R E T A:

Artículo 1º: ACTUALÍZASE de forma automática, a partir del mes de Abril de  2017, y sucesivamente en los trimestres que comienzan en los   meses de julio, octubre y enero de 2018, los sueldos de los trabajadores pertenecientes al Escalafón de Policía de la Provincia del Neuquén, considerando el índice de precios al consumidor (I.P.C.), elaborado por la Dirección Provincial de Estadística y Censo de la Provincia del Neuquén, entre el mes de diciembre de 2016 y el mes anterior a la actualización, tomando como base los sueldos del mes de diciembre de 2016.

Artículo 2º: ABÓNASE de manera excepcional y por única vez a partir del 1° de abril de 2017 el cincuenta por ciento (50%) más sobre el Índice de Precios al Consumidor indicado en el Artículo 1°, resultante del primer trimestre de 2017 (Enero/Febrero/Marzo).

Artículo 3º: ESTABLÉZCASE la revisión en forma semestral, con comienzo en la segunda quincena del  mes  de  Octubre  de  2017, del  acumulado del índice de precios al consumidor de la Provincia del Neuquén (I.P.C.) conforme la metodología aplicada en el ANEXO UNICO de la presente.

Artículo 4º: INCREMÉNTASE a partir del 01 de abril de 2017 el Suplemento “Dedicación Especial” previsto en el Artículo 138° de la Ley N° 715 para el personal policial, quince (15) puntos en la categoría GS1, ciento cuarenta y tres (143) puntos en la categoría AS2 y cincuenta y tres (53) puntos en la categoría BS2;

Artículo 5º: INCREMÉNTASE a partir del 1° de abril de 2017 el Suplemento previsto en el Decreto N° 2109/05-432/07 para el personal que se desempeña en el Policía de la provincia del Neuquén que no percibe el Suplemento indicado en el inciso anterior, siete (7) puntos en la categoría GS1, cuarenta y   cinco (45) puntos en la categoría AS2 y trece (13) puntos en la categoría BS2;

Artículo 6º: INCREMÉNTASE a partir del 1° de abril de 2017 el Suplemento otorgado mediante Decreto N° 1154/13, tres con treinta y uno   (3,31) puntos para la categoría KS1;

Artículo 7º: DÉJASE sin efecto a partir del 1° de abril de 2017 el Artículo 2° del Decreto N° 338 de fecha 28 de marzo de 2016.

Artículo 8º: AUTORÍZASE a la Subsecretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Economía e Infraestructura a efectuar las  reestructuras presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente norma legal.

Artículo 9°: El gasto que demande la implementación del presente será atendido  con las partidas del Presupuesto general Vigente.

Artículo 10°: REMÍTASE el presente en forma de estilo a la Honorable Legislatura Provincial.

Artículo 11°: El presente Decreto será refrendado en acuerdo general de Ministros.

Artículo 12°: Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.

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