Decreto Nº 1349-2016 – Asignación Adicional establecido en el Artículo 34 de la Ley de Remuneraciones

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DECRETO Nº 1349/2016
NEUQUÉN, 29 SEP 2016

VISTO:
Los Decretos Nº 0595/16 y N° 0862/16; y

CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 595/16, se procedió a asignar el adicional establecido en el Artículo 34º de la Ley de Remuneraciones a los integrantes de la Junta de Disciplina dependiente de la Secretaría de Gestión Pública en la órbita Ministerio de Gobierno y Justicia, ;

Que al Vocal Titular Miguel Ángel Peralta se le aceptó la renuncia para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria, procediendo en su reemplazo a designar mediante el Decreto N° 0862/16 al nuevo integrante de la Junta de Disciplina, dependiente de la Secretaría de Gestión Pública en la órbita Ministerio de Gobierno y Justicia, correspondiendo asignar el adicional mencionado en el párrafo precedente, con el fin de igualar la remuneración de los integrantes de la mencionada Junta;

Que la Ley 2987 en su Artículo 36º establece que el Poder Ejecutivo podrá crear, reestructurar, fusionar y reordenar las plantas de personal, reubicar los recursos humanos y adoptar cualquier otra medida necesaria y/o conveniente respecto al mejor funcionamiento de los órganos y organismos provinciales y el desenvolvimiento de su personal, para el cumplimiento de los fines y objetivos de la presente Ley;

Que corresponde el dictado de la presente Norma Legal;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
DECRETA:

Artículo 1º: ASÍGNASE el adicional establecido en el Artículo 34º de la Ley de Remuneraciones en la órbita de la Secretaría de Gestión Pública, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, a la persona consignada en el ANEXO ÚNICO de la presente Norma Legal, a partir de la fecha que se establece y mientras dure la presente gestión de gobierno y/o sean necesarios sus servicios.

Artículo 2°: EXCEPTÚASE la presente Norma Legal de lo dispuesto en el Artículo 1° del Decreto Nº 0040/16.

Artículo 3º: El gasto que demande la sanción del presente Decreto, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto General Vigente.

Artículo 4º: Por la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Gestión Pública, efectúense las notificaciones de rigor.

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia.

Artículo 6º: Comuníquese, publíquese, dese intervención al Boletín Oficial y archívese.-

 

Firmado digitalmente por GAIDO Mariano
Firmado digitalmente por GUTIERREZ Omar
Firmado digitalmente por PESENTI Monica Gabriel

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