Modificado por:
DECRETO N° 50/99.-
NEUQUEN, 13 DE DICIEMBRE DE 1999.-
VISTO:
El Decreto N° 47/99 de Declaración de Emergencia Administrativa, Económica y Financiera, y
CONSIDERANDO:
Que es preciso adoptar medidas de racionalización del gasto público, en materia de administración de recursos internos que contribuyen a revertir el desfasaje imperante;
Que en este marco de reducción del gasto público, es necesario proceder, a partir de la fecha, a la unificación y control de todas las contrataciones de publicidad oficial que se realizan, garantizando, dentro de los preceptos constitucionales, la publicidad de los actos de gobierno.
Por ello y en virtud de las facultades que le son propias,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA
ARTICULO 1º: SUSPENDASE por el término de 180 días, la publicidad oficial en todos los organismos centralizados y descentralizados de
ARTICULO 2º: ASIGNASE la responsabilidad del cumplimiento del presente Decreto a los Subsecretarios de cada área, presidentes de organismos descentralizados y los respetivos Directores de Administración.
ARTICULO 3º: Los avisos necrológicos, que involucren a áreas u organismos del Poder Ejecutivo, serán costeados por los funcionarios interesados.
ARTICULO 4º: Asignar al Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos la responsabilidad de
ARTICULO 5°: El presente Decreto será refrendado por los Srés. Ministros en acuerdo general.
ARTICULO 6°: Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, y cumplido archívese.
FDO) SOBISCH
GOROSITO
PUJANTE
LARA
BRILLO