DISPOSICION Nº 53/93 CG.-
NEUQUEN, DE SEPTIEMBRE DE 1993.-
VISTO:
El artículo 3º del Decreto Nº 2142/93, mediante el cual se faculta a la Contaduría General de la Provincia a Normatizar la Caja Viáticos; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar un sistema de Caja Viáticos que de mayor agilidad al trámite de solicitud del anticipo y/o reintegro de gastos de una comisión de servicios
Que ello facilitaría la tarea de descentralización administrativa de dicho trámite.
Que el reunir las comisiones de servicios del mes en un único expediente mensual, otorgaría simplicidad a las tareas de rendición y control del gasto.
Que resulta conveniente normatizar el sistema de Caja Viático
POR ELLO:
EL CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA
DISPONE
CONSTITUCION
Artículo 1º) Los Directores de Administración de los Organismos dependientes de Administración Central podrán solicitar al Subsecretario del Area, la constitución de Cajas Viáticos, para Gastos, Obras y Programas, con fondos gestionadas a través del art 58º) del reglamento de la Ley de Contabilidad, para ser afectados al pago de anticipos y/o reintegros de viáticos, gastos de movilidad y pasajes. El monto será el adecuado a las necesidades de cada sector, debiendo indicar al responsable del manejo de dichos fondos.
FUNCIONAMIENTO
Artículo 2º) Las comisiones tendrán un número interno asignado por el servicio administrativo para su identificación dentro de la Caja Viáticos.
Artículo 3º) La renovación de los fondos se efectuará por el monto efectivamente rendido y consignado en as imputaciones presupuestarias pertinentes.
REGISTRACION CONTABLE
Artículo 4º) Los procedimientos contables a seguir en el sistema contable SICOPRO serán los siguientes:
*El otorgamiento del primer anticipo y las futuras ampliaciones, se efectuarán mediante la transacción “Anticipo de Fondos”, opción 11:
DEBITO: Anticipo Gastos (531, 532, 533)
CREDITO: Fondo Permanente (cta bancaria) (431, 432, 433)
* Los sucesivos reintegros mediante la transacción “Caja chica”, opción 6:
DEBITO: Partida Presupuestaria
CREDITO: Fondo Permanente (cta bancaria) (431, 432, 433)
Consignando en la partida presupuestaria el item correspondiente a viáticos y a cada uno de los gastos si existieran.
* La cancelación final de la Caja Viáticos se realizará mediante la transacción “Rendición de los Fondos”, opción 12, en alguna de las modalidades previstas.
RENDICION A CONTADURIA GENERAL
Artículo 5º) El expediente de Caja Viáticos deberá contener lo siguiete:
* Fotocopia de la norma legal de autorización
* Las comisiones
* Planilla resumen de las comisiones de servicio según el modelo anexo a la presente disposición.
* Orden de Pago
Artículo 6º) Antes del cinco (5) del mes e enero de cada año, los titulares de los fondos de la Caja Viáticos deberán rendir cuenta a las Direcciones de Administración por lo invertido y pendiente de rendición al 31 de diciembre del ejerciio financiero anterior y reintegrar el saldo no utilizado a la fecha.
ANEXO I
CAJA VIÁTICOS
RESPONSABLE:
PERIODO
DEPENDENCIA
Nº DE COMISION |
IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA |
IMPORTES |
|||
|
PP |
Pp |
Subp. |
PP |
pp |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
|