Decreto Nº 47-2014 Estado de Emergencia y Alerta Máxima en zonas de Incendio

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DECRETO Nº 0047/2014.-

NEUQUÉN, 17 DE ENERO DE 2014.-

 

VISTO:

El incendio que afecta a Ruca Choroi y al Parque Nacional Lanín de la zona de los Lagos Pilhue y Ñorquinco, ubicados en el Departamento Aluminé de la Provincia del Neuquén:

 

CONSIDERANDO:

Que el incendio que se inició días atrás en las zonas citadas en el Visto está provocando daños de dimensiones incalculables que conducen a extremar las medidas tendientes a salvaguardar la salud y la vida de las poblaciones afectadas, así como también tratar de impedir, en la medida de lo posible, mayores pérdidas;

 

Que el fuego está arrasando superficies importantísimas de bosques milenarios de araucarias, ñires, lengas y otras especies nativas, como así también está afectando zonas de pastoreo y veranadas de las comunidades rurales y mapuche que residen en la región;

 

Que, entre otras previsiones deben considerarse las medidas para remediar los efectos del fuego en las zonas de pastoreo y veranada que implican un déficit económico para los integrantes de las comunidades y agrupaciones, toda vez que no se dispondrá del forraje natural para sus animales, con los consecuentes efectos negativos para su actividad productiva;

 

Que dadas las dimensiones desproporcionadas del incendio y que a la fecha de la emisión de la presente norma, a pesar de los grandes esfuerzos realizados, no ha sido posible controlarlo, obliga al Gobierno de la Provincia a declarar zona de emergencia y alerta máxima con el fin de llevar adelante todas las acciones que permitan abordar la situación con rapidez y agilidad;

 

Que conocido el hecho se llevó adelante un importante operativo y se concentraron las fuerzas de todo el Gobierno Provincial, Defensa Civil de la Provincia, Plan Provincial de Manejo del Fuego, CORFONE, Bomberos Voluntarios de las localidades de San Martín, Junín de los Andes, Plottier, entre otros, Policía Provincia, Parques Nacionales, Plan Nacional del Manejo del Fuego, Ejército Argentino, Gendarmería Nacional, autoridades municipales de la localidad de Aluminé y Villa Pehuenia, voluntarios de las comunidades mapuche y de las localidades vecinas de Aluminé, Villa Pehuenia y Moquehue y brigadistas de las provincias de Neuquén, Rio Negro y Chubut;

 

Que se encuentran trabajando en la zona máquinas viales, aviones hidrantes, helicópteros, autobombas, concentrando 200 brigadistas y 200 personas de apoyo, equipamiento y personal que se incrementa y refuerza día a día;

 

Que también se toman medidas preventivas procediendo a evacuar a los veranadores y sus haciendas;

 

Que de las 520.000 has. que abarca el Departamento Aluminé el incendio afecta más de 2.000 has. de bosque nativo ubicado en la alta cordillera, en Ruca Choroi a 30 kilómetros de Aluminé y en Ñorquinco a 50 kilómetros de dicha localidad no afecta a la zona turística de Aluminé, Villa Pehuenia y Moquehue, lo que permite continuar con las actividades habituales;

 

Que se ha dispuesto la suspensión de las clases en las escuelas de Ruca Choroi, Carri Lil y Lonco Mula pues es allí donde se establecen los campamentos de las unidades operativas;

 

Que la situación actual requiere continuar tomando medidas y contar con los recursos que tiendan a paliar las dificultades económicas de los pobladores rurales, mapuche y crianceros, como así también proveer al personal que combate el fuego de elementos, maquinarias y todo aquello que contribuya a un mejor desempeño de su tarea;

 

Que no menos importante resulta contar con un sistema eficaz de comunicaciones que permita coordinar las tareas inherentes al operativo que se lleva a cabo para controlar el fuego y garantizar una firme y ágil intervención en la zona afectada;

 

Por ello:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

DECRETA:


Artículo 1º: DECLÁRASE el ESTADO DE EMERGENCIA Y ALERTA MÁXIMA en las zonas afectadas por el incendio en bosques nativos, implantados y de cordillera de alta montaña iniciado en Ruca Choroi y en las zonas de los lagos Pilhue y Ñorquinco del Departamento de Aluminé.

 

Artñiculo 2º: CRÉASE el COMITÉ PARA LA ATENCIÓN DE LOS INCENDIOS DEL DEPARTAMENTO ALUMINÉ Y SUS EFECTOS el cual estará integrado por el Secretario de Coordinación del Interior, la Directora Provincial de Defensa Civil y por la Coordinadora General del Ministerio de Desarrollo Territorial.

 

Artículo 3º: FACÚLTASE al Presidente del Comité de Emergencia creado por la presente norma legal, a gestionar anticipos de fondos por hasta la suma de Pesos Trescientos Cincuenta Mil ($350.000,00), a fin de afrontar los gastos necesarios para el cumplimiento de las acciones enmarcadas en la presente norma legal, debiendo rendir cuenta documentada de los mismos.

 

Artículo 4º: EXCEPTÚASE a las contrataciones que se perfeccionen en el marco de la emergencia declarada por la presente norma del procedimiento establecido por las Circulares Nº 02/08 y 03/08, emitidas por la Oficina Provincial de Contrataciones, del cumplimiento de requisitos referidos a inscripciones o capacidades de contratación otorgadas por registros provinciales y de las restricciones impuestas por el Decreto Nº 2585/13.

 

Artículo 5º: FACÚLTESE al Ministerio de Economía y Obras Públicas a efectuar las modificaciones correspondientes en el Presupuesto General Vigente Prorrogado de acuerdo a lo establecido en la presente norma legal.

 

Artículo 6º: DETERMÍNASE que los Organismos Centralizados y Descentralizados y las empresas y sociedades del Estado y toda organización empresarial en la que el Estado tenga participación mayoritario en el capital o en la formación de decisiones, estarán a disposición del Comité de Emergencia creado en el artículo 2º de la presente norma, afectando todos los medios que les sean requeridos para garantizar los fines previstos en el presente Decreto.

 

Artículo 7º: El presente Decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros.

 

Artículo 8º: Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido archívese.

 

 

Fdo: SAPAG

GASTAMIZA

REINA

GUTIÉRREZ

BERTOYA

RODRÍGUEZ

BUTIGUÉ

COCO

 

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