DECRETO Nº 1459/17.-
NEUQUÉN 01 SEP 2017
VISTO:
El Decreto N° 0437, de fecha 27 de Marzo de 2017; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se establece una compensación por alojamiento, no remunerativa y no bonificable, para médicos dependientes de la Subsecretaría de Salud, interesados en cubrir las especialidades de Pediatría, Tocoginecología, Terapia Intensiva Adultos y Pediatría, Medicina General, Clínica Médica, Psiquiatría y Traumatología en los Hospitales Zapala, Chos Malal y Cutral Có- Plaza Huincul;
Que se hace necesario modificar el Artículo 1° del mencionado Decreto, dado que se deben incorporar en el mismo, el Centro de Salud Añelo y Hospital Rincón de los Sauces, estableciéndose una compensación de hasta PESOS DIEZ MIL ($10.000,00), para los médicos interesados en cubrir las especialidades establecidas en el citado Artículo;
Que es imprescindible contar con recurso humano para brindar la cobertura en dichos Centros Asistenciales, con la finalidad de garantizar la atención primaria de toda la población;
Que la salud es un derecho que debe ser asegurado por el Estado, y para reafirmarlo es necesario sostener la atención de la población en su conjunto a través del funcionamiento de los Establecimientos del Sector Público;
Que corresponde el dictado de la norma respectiva a tal efecto;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
D E C R E T A :
Artículo 1º: MODIFÍCASE, a partir del día 1° de septiembre de 2017, lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 0437/17, estableciendo que la compensación por alojamiento, no remunerativa y no bonificable, será por la suma mensual de hasta PESOS DIEZ MIL ($10.000,00), para los médicos dependientes de la Subsecretaría de Salud, interesados en cubrir las especialidades de Pediatría, Tocoginecología, Terapia Intensiva Adultos y Pediatría, Medicina General, Clínica Médica, Psiquiatría y Traumatología en los Hospitales Zapala, Chos Malal y Cutral Có- Plaza Huincul.
Artículo 2º: INCORPÓRASE, a partir del día 1° de septiembre de 2017, al artículo 1° del Decreto N° 0437/17, el Centro de Salud Añelo y Hospital Rincón de los Sauces, a los fines del otorgamiento de la compensación por alojamiento a la que se refiere el Artículo anterior, para los médicos dependientes de la Subsecretaría de Salud, interesados en cubrir las especialidades de Pediatría, Tocoginecología, Terapia Intensiva Adultos y Pediatría, Medicina General, Clínica Médica, Psiquiatría y Traumatología.
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Salud y Desarrollo Social.
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, dése intervención al Boletín Oficial y