DECRETO Nº1931/16
NEUQUÉN 23 DIC 2016
VISTO:
El Expediente Nº 7120-000610/16, del registro de la Mesa de Entradas y Salidas de la Subsecretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Seguridad, Trabajo y Ambiente y la Ley 2939 – Convenio Colectivo de Trabajo; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente consignado en el Visto, el Subsecretario de Trabajo solicita se arbitren los medios necesarios para gestionar el pago por única vez, de la indumentaria de trabajo para los agentes convencionados, dependientes de la Subsecretaría de Trabajo, correspondiente al período 2015;
Que por Acta Acuerdo Nº 003/2016, los gremios ATE y UPCN, aceptan la propuesta del Poder Ejecutivo de abonar en forma excepcional, el concepto ropa de trabajo correspondiente al período 2015, la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($ 5.500,00), en carácter de compensación especial, no remunerativa y no bonificable antes de la finalización del corriente año;
Que por el Título II, Capítulo 3, Artículo 35º y Capítulo 4, Artículo 41º de la Ley 2939 – C.C.T. se establece dentro de las obligaciones del organismo, proveer a los empleados de ropa de trabajo y elementos de protección personal de acuerdo a las tareas que desarrolla;
Que atento a la situación expuesta se propicia abonar en forma excepcional el concepto “Ropa de Trabajo”;
Que se cuenta con la intervención de la Oficina Provincial de Ocupación y Salario, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda;
Que por lo expuesto resulta pertinente realizar las modificaciones observadas, confeccionando la correspondiente norma;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
D E C R E T A :
Artículo 1º: CONVALÍDASE lo actuado por los representantes del Poder Ejecutivo de la Provincia del Neuquén y los delegados gremiales de la Asociación de Trabajadores del Estado – ATE y de la Unión Personal Civil de la Nación – UPCN, conforme el Acta Acuerdo N° 003/2016 firmada el 04 de noviembre de 2016, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente norma.-
Artículo 2º: ESTABLÉZCASE el pago por única vez en forma excepcional de una compensación extraordinaria de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($5.500,00), de carácter no remunerativo y no bonificable, en concepto de “ropa de trabajo”, a favor de todo el personal convencionado bajo la Ley 2939 detallado en el ANEXO II, dependientes de la Subsecretaría de Trabajo, del Ministerio de Seguridad, Trabajo y Ambiente, por el período correspondiente al año 2015, de acuerdo a lo manifestado en los considerandos del presente Decreto.
Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente norma deberá imputarse con cargo a las partidas correspondientes al Presupuesto General Vigente de la Subsecretaría de Trabajo del Ministerio de Seguridad, Trabajo y Ambiente.-
Artículo 4°: AUTORÍZASE a la Subsecretaría de Hacienda a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente decreto.-
Artículo 5º: EXCEPTÚASE la presente norma de lo previsto en el Artículo 1º del Decreto Nº 0040/16.-
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Seguridad, Trabajo y Ambiente.-
Artículo 8º: Comuníquese, publíquese, dése intervención al Boletín Oficial y cumplido archívese.-
FIRMADO DIGITALMENTE por
LARA
GAIDO
GUTIERREZ
IANTOSCA