DECRETO Nº 1849/02.-
NEUQUEN, 20 DE SEPTIEMBRE DE 2002
VISTO:
El expediente 2366-1810/02, del registro de la Dirección Provincial de Vialidad; y
CONSIDERANDO:
Que por el presente se propone el dictado de un decreto que apruebe el “Pliego particular de condiciones con precalificación de los oferentes” para las licitaciones públicas financiadas con fondos provinciales que realice la Dirección Provincial de Vialidad;
Que la presente iniciativa se fundamenta en la necesidad de mejorar la competitividad de las empresas locales;
Que en tal sentido el pliego fue elaborado conjuntamente con la colaboración de la Cámara Argentina de la Construcción delegación Neuquén;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
DECRETA:
Artículo 1°: APRUÉBASE el “Pliego particular de condiciones con precalificación de los oferentes” para las licitaciones públicas financiadas con fondos provinciales que realice la Dirección Provincial de Vialidad que como Anexo único forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por los señores ministros Jefe de Gabinete y de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
Artículo 3°: Comuníquese, publíquese, dése intervención al Boletín Oficial y archívese.
ANEXO ÚNICO
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES CON PRECALIFICACIÓN DE LOS OFERENTES
Artículo 1º. NORMAS LEGALES DE APLICACIÓN
El contrato de obra estará regido por el pliego particular de condiciones y sus especificaciones técnicas, la ley provincial de obras públicas 687, sus modificaciones y reglamentaciones y las normas que resulten de aplicación.
Artículo 2º. FINALIDAD
El presente tiene por finalidad complementar en forma precisa al pliego general único de bases y condiciones para la contratación de obras públicas.
Artículo 3°. EVACUACIÓN DE CONSULTAS Y ACLARACIONES
Aquellos adquirentes de los documentos del remate que necesiten aclaración de los mismos, deberán efectuar sus consultas por escrito a _____________, dependiente de __________, con domicilio legal en calle _______ Nº ______ de la ciudad de Zapala, el que contestará en igual forma, haciendo extensivas las respuestas a todos los que hayan retirado ejemplar de la documentación licitatoria. En lo posible se tratará de hacerlo en conjunto, a efectos de evacuar las mismas en una sola nota. Dichas consultas serán atendidas desde la fecha en que se inicie la venta de la documentación hasta el quinto día hábil administrativo anterior a la fecha fijada para la apertura de la licitación.
Artículo 4º. REQUISITOS Y FORMA DE REDACTAR LAS PROPUESTAS
Las propuestas de los oferentes al remate se presentarán en un sobre cerrado con la siguiente inscripción exterior:
“LICITACIÓN PÚBLICA Nº ____”
… y que contendrá el llamado SOBRE “A”, con la siguiente documentación en forma ordenada (por triplicado, foliada y firmada por el proponente y representante técnico a excepción de la que corresponde a lo solicitado en el inciso f, que solo se presentará en original):
a) La constancia de la constitución de la garantía de oferta.
b) Certificado de habilitación para la licitación, extendido por el Registro de Constructores y Proveedores de Obras Públicas de la Provincia del Neuquén, en la especialidad.
c) Certificado de inscripción, con vigencia a la fecha de esta licitación, en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, en copia certificada.
d) La constancia del cumplimiento de la ley nacional 17250.
El cumplimiento de la ley nacional 17250, deberá acreditarse en la forma que lo establecen los Artículos 4º y 6º de la misma, es decir, la presentación por triplicado de la declaración jurada respecto de la no existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional.
e) Tratándose de sociedades comerciales, una copia autenticada de los contratos de sociedad, inscriptos en el Registro Público de Comercio.
Tratándose de sociedades anónimas, una copia autenticada del contrato social, copia de acta de asamblea designando el directorio, copia de acta de directorio con distribución de cargos y una copia del acta de sesión del directorio autorizando a presentarse por cuenta de la sociedad, debidamente autenticadas.
Cuando se trate de empresas unipersonales, se deberá acompañar copia autenticada de la inscripción en la matrícula de comerciante del Registro Público de Comercio correspondiente.
En los casos en que los proponentes no actúan por derecho propio, la documentación habilitante, debidamente autenticada.
f) El Pliego de licitación, firmado y con sello aclaratorio en todas sus hojas, por el proponente y su representante Técnico. Dichas firmas deberán ser certificadas ante escribano público, en un solo acto y a continuación de la última hoja del pliego. En caso que la certificación provenga de un escribano de extraña jurisdicción, se deberá acompañar la legalización por parte del colegio respectivo.
g) Cumplimiento de la tasa general de actuación (sellado fiscal), fijada en la ley provincial 1994. El sellado será calculado sobre la totalidad de la documentación que constituye la propuesta del oferente.
h) Certificado fiscal para contratar. A fin de demostrar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y previsionales, los oferentes deberán ajustar su presentación a lo fijado al respecto por la resolución general (DGI) Nº 135/ 98, o a la que en el futuro la modifique o sustituya. A estos efectos, los oferentes deberán adjuntar al momento de la apertura de la licitación la nota de solicitud (Anexo) recepcionada por la delegación donde se halle inscripto o el certificado fiscal para contratar, en los términos del artículo 4º y 6º de la mencionada resolución general (DGI).
Para la adjudicación será indispensable contar con el certificado fiscal para contratar, donde conste la habilitación correspondiente.
Los oferentes que ya hubieren sido habilitados fiscalmente para contratar mediante certificados que aún se encontraren vigentes, deberán presentar la fotocopia de la página del Boletín Oficial en la cual se publicó el certificado respectivo (artículo 6º resolución general (DGI) 135/98).
i) Designación del representante técnico, según formulario adjunto y certificado de Inscripción del mismo, extendido por el Consejo Profesional de Agrimensura, Geología e Ingeniería del Neuquén, ley 708 y sus modificaciones.
j) Antecedentes de origen, empresarios y técnicos de las empresas.
k) Antecedentes financieros.
l) Comprobante de compra de la documentación de la licitación.
m) Certificado de visita de obra.
n) SOBRE “B”.
o) Variantes.
j) Antecedentes de origen, empresarios y técnicos de la empresa:
Los oferentes deberán presentar toda la documentación en planillas, y en el mismo orden del epígrafe, donde constará:
1) Documentación probatoria del origen de la conformación de la empresa, según lo requerido en el artículo 7º 1.a ó 7º 1.b según corresponda.
2) Detalle de las obras viales realizadas en los últimos diez (10) años, acompañando copias de las actas de recepción provisional y/o definitiva, con mención del monto y plazo contratado, lugar de emplazamiento de la misma y el comitente con su domicilio.
3) A) Detalle de las obras viales terminadas y/o en ejecución en la Provincia del Neuquén en los últimos diez (10) años, acompañando copias de las actas de recepción provisional y/o definitiva y/o contrato vigente, con mención del monto contratado y/o certificado (en este caso el último al mes anterior al de apertura), lugar de emplazamiento de la misma y el comitente con su domicilio.
B) Detalle de las obras viales terminadas y/o en ejecución para la Dirección Provincial de Vialidad de Neuquén en los últimos diez (10) años.
4) Detalle de producción del oferente demostrado por el importe de la certificación promedio mensual de los 12 (doce) mejores meses consecutivos de los últimos 5 (cinco) años, certificado por contador público nacional y legalizado ante el Colegio Profesional respectivo.
5) Detalle de máquinas y equipos que la empresa afectará exclusivamente a la obra, indicando tipo, modelo y estado de conservación.
6) Nómina de los profesionales y técnicos y del número total de operarios agrupados por categorías o especialidades, que se afectarán a la obra.
Todos los importes a utilizar como antecedentes en la precalificación se actualizarán utilizando el último Índice de la construcción nivel general publicado por el INDEC a la fecha de la apertura de la licitación.
k) Antecedentes financieros:
Los oferentes acompañarán la siguiente documentación donde constarán:
1) I) Balance y cuadro de los resultados de los tres (3) últimos ejercicios debidamente certificados por contador público y legalizados por el Consejo de Ciencias Económicas correspondiente. La fecha de cierre del último balance general no podrá tener una antigüedad mayor a dieciocho (18) meses respecto del mes de apertura del llamado.
2) II) Planilla certificada por contador público nacional y legalizada ante el colegio profesional respectivo, donde se calcularán los indicadores financieros y económicos que se detallan a continuación, indicando en cada uno de ellos si cumple satisfactoriamente o no con el tope determinado. Los datos para el cálculo deberán extraerse de los últimos tres balances generales.
Índices:
1) Solvencia = activo total / pasivo total.
2) Liquidez corriente = activo corriente / pasivo corriente.
3) Prueba ácida = activo líquido / pasivo corriente.
4) Importancia del pasivo corriente = pasivo corriente / activo total.
5) Endeudamiento Total = pasivo total / patrimonio neto.
6) Importancia del capital propio = patrimonio neto / activo total.
7) Rentabilidad capital propio = resultado final del ejercicio / patrimonio neto.
8) Rentabilidad ingresos totales = resultado final del ejercicio / ingresos totales.
9) Endeudamiento corto plazo = pasivo corriente/ patrimonio neto.
m) Certificado de visita de obra:
Los oferentes deberán presentar el certificado de visita de obra expedido por la repartición, la que se realizará en el día, hora y lugar indicado en el pliego de licitación.
Por el oferente deberá concurrir el representante técnico que se designe en la oferta.
n) SOBRE “B” (que deberá incluirse dentro del sobre “A”).
Un único sobre cerrado y lacrado en el que se inscribirá únicamente:
OBRA: _________________________________________________
APERTURA: ____________________________________________
DIA: _________ MES: ____________________ AÑO: ___________
EMPRESA: _____________________________________________
y que contendrá el original y duplicado de la planilla de propuesta debidamente firmada y sellada por el/ los oferentes. Todo proponente deberá presentar con la oferta el plan de trabajos, el análisis de precios, si correspondiere, plan de acopio.
o) Variantes:
Cuando el proponente formule variantes, deberán presentarse bajo sobre separado al de la propuesta según el pliego oficial, con las mismas inscripciones de éste y el agregado del término “VARIANTE”. Para formular propuestas que signifiquen variante, deberá autorizarlo expresamente el pliego de disposiciones complementarias y siempre que el oferente haya formulado propuesta, según la documentación principal.
PENALIDADES: La omisión de lo expresamente solicitado en los requisitos exigidos en los incisos a), b), l), m) y n), serán causal de rechazo automático de la presentación e impedirá en su caso, la apertura del sobre propuesta por la autoridad que presida el acto. De igual modo, el incumplimiento de los requisitos exigidos en el inciso o), determinará el rechazo de la variante.
Las propuestas que no cumplimenten los requisitos de los restantes incisos, no serán tomadas en cuenta para la precalificación, salvo que la omisión cometida sea reparada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha .
IMPUGNACIONES: Se deberá tener en cuenta lo establecido en el decreto 891/94. La cuenta habilitada a tal efecto corresponde al Nº _______________________________
de la Sucursal ___________________, del Banco de la Provincia del Neuquén.
Artículo 5º. APERTURA DE LA LICITACIÓN
En el lugar, día y hora indicados en el aviso de publicación de la licitación, en acto público se procederá a la apertura del SOBRE “A” desglosándose del mismo el SOBRE “B” OFERTA, el que será depositado sin abrir en una urna, la que quedará en custodia en la sede de la D.P.V. Nqn. hasta el día y hora de su apertura.
Artículo 6º. PRECALIFICACIÓN
La Comisión con funciones de precalificación y preadjudicación, designada por resolución del directorio de la Dirección Provincial de Vialidad del Neuquén, ajustará su cometido a la documentación de la licitación y a los siguientes puntos:
a) Todos los oferentes cuyas propuestas resultaren admisibles y alcanzaren el puntaje mínimo establecido más adelante, serán precalificadas con referencia a su experiencia e idoneidad técnica y financiera.
b) La precalificación contará con la aprobación del directorio, y será efectuada sobre la base de la información contenida en el SOBRE “A”.
c) Todos los oferentes están obligados a suministrar la información adicional que se considere pertinente, a solicitud de la comisión de precalificación, pero de ningún modo las propuestas y sus presentaciones podrán ser modificadas.
d) Se establece que la presentación incompleta solicitada por la comisión de precalificación y fuera de termino de la información adicional conforme a las exigencias expresadas en cada caso, tendrán como consecuencia la desestimación del oferente.
e) El dictamen de la comisión contendrá los fundamentos por los cuales se llega a los resultados propuestos.
Aprobada la selección por resolución del directorio, se comunicará por medio fehaciente a los oferentes el resultado de la misma como así también el lugar, día y hora en que se procederá a la apertura de los SOBRES “B” – OFERTA de los oferentes calificados, acto en el cual se efectuará la devolución de los SOBRES “B” sin abrir de los oferentes no calificados.
Artículo 7º. CRITERIO DE PRECALIFICACIÓN
La calificación de los oferentes se realizará sobre la base de los antecedentes que se solicitan en la documentación del llamado, fijándose coeficientes de ponderación para cada uno de los aspectos a considerar. A su vez, dentro de cada uno de los tipos de antecedentes a calificar, se les asignará un valor sobre la base de tablas de puntajes máximos y mínimos, e interpolación lineal entre ambos límites. La incidencia de los antecedentes será la siguiente:
Antecedentes de origen de empresa |
(AO) |
25% |
Antecedentes empresarios |
(AE) |
25% |
Antecedentes técnicos |
(AT) |
25% |
Antecedentes financieros |
(AF) |
25% |
En primer lugar se determinará el puntaje de cada uno de los cuatro tipos de antecedentes, para luego multiplicarlo por el respectivo factor de ponderación. La suma de estos resultados parciales corresponde al resultado final propio de cada oferente (PE).
PE = (0,25xAO) + (0,25xAE) + (0,25xAT) + (0,25xAF) = PUNTAJE EMPRESA
Para ser seleccionado, el oferente deberá alcanzar en su calificación como mínimo setenta y cinco (75) puntos. Todos los oferentes seleccionados estarán en igualdad de condiciones a los fines de la consideración de la oferta económica.
En el caso de que el oferente sea una unión transitoria de empresas (UTE), el puntaje a otorgarle a la UTE se especifica para cada Ítem del artículo 7º. Como condición adicional cada integrante de la UTE deberá cumplir en forma individual como mínimo el 25% del puntaje que obtenga la asociación en cada ítem de los Antecedentes indicados anteriormente; caso contrario se procederá a la descalificación de la oferta.
Inciso 1) ANTECEDENTES DE ORIGEN DE LA EMPRESA.
a) Domicilio legal ó actividad en la Provincia del Neuquén.
Aquellos oferentes que acrediten sede de su domicilio legal en jurisdicción de la Provincia del Neuquén, con una antigüedad igual o superior a los 48 (cuarenta y ocho) meses anteriores al de apertura de la presente licitación, demostrado con el contrato social y sus modificaciones -en el caso de sociedades comerciales y/o cooperativas- y con el domicilio fiscal de su titular -en caso de empresas unipersonales- debidamente asentado en la AFIP, obtendrán 100 (cien) puntos.
En caso de resultar la antigüedad inferior al plazo citado, no se otorgará puntaje.
b) Los oferentes que no cumplan con los requisitos antes citados, serán calificados si a través de las declaraciones juradas mensuales del impuesto sobre los ingresos brutos – convenio multilateral, acrediten base imponible en la jurisdicción Neuquén por un plazo consecutivo e ininterrumpido mayor de:
1- Doscientos cuarenta (240) meses anteriores a la fecha de apertura de la presente licitación se le asignarán cien (100) puntos.
2- Sesenta (60) meses anteriores a la fecha de apertura de la presente licitación, se le asignará veinte (20) puntos
3- Para antigüedad superior a sesenta (60) meses e inferior a doscientos cuarenta (240) meses, el puntaje será el que surja por interpolación lineal entre los dos valores anteriores.
4- Para el caso que dicha antigüedad sea inferior a los sesenta (60) meses, el puntaje a asignar será cero (0).
En este caso deberá adjuntar copia del libre deuda emitido por la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia del Neuquén.
En caso de que el oferente resultara una unión transitoria de empresas (UTE) el puntaje a otorgarle a la misma será el menor que cumpla cada uno de sus integrantes, en forma individual.
Inciso 2) ANTECEDENTES EMPRESARIOS
2.a) Capacidad de ejecución anual emitida por el Consejo Provincial de Obras Públicas de la Provincia del Neuquén (CPOP) en la especialidad que corresponda capacidad mayor o igual a 2 (dos) veces la requerida: 40 puntos.
Capacidad entre la requerida y menor a 2 (dos) veces ésta: El puntaje se determinará por interpolación lineal.
Capacidad igual a la requerida: 10 puntos.
Si la capacidad de la empresa oferente es menor a la capacidad requerida para la licitación se procederá a descalificar la oferta en forma automática.
2.b) Capacidad de Producción
Producción del oferente acreditada según lo especificado en el artículo 4º, inciso j-4 .
2.b.1) Cuando el promedio mensual del período solicitado en artículo 4º, Inciso j-4 supere el monto equivalente al cociente entre el presupuesto oficial de la obra que se licita, dividido por el plazo de obra en meses, se le asignará 40 (cuarenta) puntos.
2.b.2) Cuando el promedio mensual del período solicitado supere el monto equivalente al cociente entre el presupuesto oficial de la obra que se licita, dividido dos veces el plazo de obra en meses, se le asignará 10 (diez) puntos.
2.b.3) Entre ambos límites: se interpola linealmente para determinar el puntaje a asignar.
2.b.4) En el caso que el promedio no alcance la cifra resultante de valor estipulado en 2.b.2) se le asignará 0 (cero) puntos.
En caso de que el oferente resultara una unión transitoria de empresas (UTE) el puntaje a otorgarle a la misma será el mayor que cumpla cada uno de sus integrantes, en forma individual.
2.c) Antigüedad de la empresa: Se considerará la antigüedad de la empresa en la ejecución de obras viales en función de los datos declarados en el Artículo 4, inciso j-2.
Se tendrá en cuenta la fecha de inicio de cada obra ejecutada para el cálculo de la antigüedad.
Las empresas que demuestren tener una antigüedad igual o mayor a 4 (cuatro) años, les corresponderá un puntaje de 20 puntos.
Para la empresa cuya antigüedad es de 2 (dos) años, el puntaje mínimo será de 10 (diez) puntos.
Los puntajes intermedios se obtendrán por interpolación lineal.
No tendrán puntaje las empresas que tengan menos de 2 (dos) años de antigüedad en obras viales.
En caso de que el oferente resultara una unión transitoria de empresas (UTE) el puntaje a otorgarle a la misma será el mayor que cumpla cada uno de sus integrantes, en forma individual.
Inciso 3) ANTECEDENTES TÉCNICOS
Para los antecedentes técnicos solamente se considerarán aquellas obras cuyas características principales, destino, magnitud, extensión y complejidad tecnológica concuerdan con la obra que motiva el llamado.
3.1) CAPACIDAD TÉCNICA (máximo: 30 puntos – mínimo: 10 puntos).
Se considerará la capacidad técnica de ejecución dada por certificación del Registro de constructores de obras públicas de la Provincia del Neuquén que se haya presentado a la licitación.
Se aplicará un máximo de 30 (treinta) puntos quien posea capacidad mayor o igual a dos veces la requerida. El mínimo de 10 (diez) puntos corresponderá para quienes tengan capacidad técnica igual a la solicitada en el llamado. Entre la capacidad mínima exigida y la máxima, el puntaje se determinará por interpolación lineal.
Si la capacidad técnica de la empresa oferente es menor a la capacidad técnica requerida para la licitación se procederá a descalificar la oferta en forma automática.
3.2) OBRAS SIMILARES TERMINADAS EN LOS ÚLTIMOS DIEZ (10) AÑOS EN LA PROVINCIA DELNEUQUÉN (máximo: 50 puntos – mínimo: 0 puntos).
Se entenderá por obras similares a aquellas de la especialidad que corresponda.
Se considerarán los antecedentes de las obras terminadas o con un avance superior al 70%, en los últimos 5 (cinco) años ejecutadas únicamente en la Provincia del Neuquén. Se podrán sumar un máximo de tres obras y el equivalente en kilómetros se obtendrá por medio de la proporcionalidad de las superficies, en caso de UTE, se evaluarán las mejores obras ejecutadas en forma individual o conjunta.
– Corresponderá puntaje máximo de 50 (cincuenta) puntos cuando la empresa posea un total de obras similares por una longitud (equivalente en kilómetros) igual o mayor a 2 veces la longitud de la obra licitada.
– Corresponderá 25 (veinticinco) puntos cuando la empresa posea un total de obras similares por una longitud (equivalente en kilómetros) igual o mayor a la longitud de la obra licitada.
– Corresponderá 0 (cero) puntos cuando la empresa no acredite obras similares que puedan ser consideradas.
Para los casos intermedios el puntaje se obtendrá por interpolación lineal.
Para considerar las obras declaradas, se deberán adjuntar los certificados de competencia técnica otorgados por los comitentes de las obras, ya sean estos organismos nacionales, provinciales, municipales o privados, no siendo exigible esté la certificación con respecto a las obras cuyo comitente resulte el ente licitante (DPV. Neuquén).
Cada certificado, para ser tenido en cuenta, deberá contener: breve nemoria descriptiva, plazo contractual, plazo real de ejecución, monto de contrato original en la moneda de origen e indicación del mes base a que se expresa.
Además, deben acreditar el cumplimiento de los plazos contractuales y calidad del trabajo ejecutado que a juicio del comitente ha merecido el contratista, expresando esta última en un concepto (muy bueno, bueno, regular, malo).
No se considerarán aquellos certificados del comitente los cuales no se acrediten convenientemente los requisitos anteriores o la calificación del concepto sea regular o malo.
Todos los valores se actualizarán según planilla que se adjunta.
3.3) OBRAS SIMILARES EJECUTADAS PARA LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DE NEUQUÉN EN LOS ÚLTIMOS DIEZ (10) AÑOS
(Máximo: 20 puntos).
Se entenderá por obras similares a aquellas de estructura de tratamiento superficial tipo doble o carpeta asfáltica y que incluyan movimiento de suelos, ejecución de paquete estructural mediante capas de sub-bases y/o bases y obras complementarias.
Se considerarán los antecedentes de las obras terminadas o con un avance superior al 70%, en los últimos cinco (5) años y ejecutadas para la Dirección Provincial de Vialidad de Neuquén. Se podrán sumar un máximo de tres obras y el equivalente en kilómetros se obtendrá por medio de la proporcionalidad de las superficies, en caso de UTE, se evaluarán las mejores obras ejecutadas en forma individual o conjunta.
– Corresponderá puntaje máximo de 20 puntos cuando la empresa posea un total de obras similares por una longitud (equivalente en kilómetros) igual o mayor a 2 veces la longitud de la obra licitada.
– Corresponderá 10 puntos cuando la empresa posea un total de obras similares por una longitud (equivalente en kilómetros) igual o mayor a la longitud de la obra licitada.
– Corresponderá puntaje mínimo de 0 puntos cuando la empresa no acredite obras similares que puedan ser consideradas.
Para los casos intermedios el puntaje se obtendrá por interpolación lineal.
Inciso 4) ANTECEDENTES FINANCIEROS
Estos antecedentes serán calificados con un máximo de 100 (Cien) puntos, y la asignación de puntaje se realizará sobre la base de la información obtenida de los balances generales de los últimos 3 (tres) ejercicios.
La fecha de cierre del último balance general no deberá exceder una antigüedad superior a los 18 (dieciocho) meses respecto de la fecha de cierre establecida originalmente para la apertura de la licitación. De no cumplirse con este requisito, la oferta no será precalificada.
En caso de que el oferente resultara una unión transitoria de empresas (UTE) el puntaje a otorgarle a la misma será el mayor que cumpla cada uno de sus integrantes, en forma individual.
El puntaje asignado a estos antecedentes se distribuirá de la siguiente forma:
a) Indicadores económicos financieros del mejor balance general IEF.
Incidencia: 40%
b) Evolución de los Indicadores Económicos Financieros de los últimos tres Balances Generales EIEF
Incidencia: 60%
Puntaje final antecedentes financieros = 0,40 x IEF + 0,60 x EIEF
a) Indicadores económicos financieros del mejor balance general (IEF)
Sobre el mejor balance general se procederá a calcular cada uno de los índices que más adelante se detallan, para los cuales se han determinado valores mínimos a cumplir.
1) Solvencia = activo total / pasivo total > 1,60
2) Liquidez corriente = activo corriente / pasivo corriente > 1,20
3) Prueba ácida = activo líquido / pasivo corriente > 0,50
4) Importancia del pasivo corriente = pasivo corriente / activo total < 0,70
5) Endeudamiento total = pasivo total / patrimonio neto < 1,65
6) Importancia del capital propio = patrimonio neto / activo total > 0,35
7) Rentabilidad capital propio = resultado final del ejercicio / patrimonio neto = positivo
8) Rentabilidad ingresos totales = resultado final del ejercicio / ingresos totales = positivo
9) Endeudamiento corto plazo = pasivo corriente / patrimonio neto < 0,95
La asignación de puntajes se realizará como se detalla a continuación:
Cumple con todos los índices: 100 (Cien) puntos.
No cumple con 1 (un) índice: 80 (Ochenta) puntos.
No cumple con 2 (dos) índices: 60 (Sesenta) puntos.
No cumple con 3 (tres) índices: 40 (Cuarenta) puntos.
No cumple con 4 (cuatro) índices: 0 (Cero) puntos.
b) Evolución de los indicadores económicos financieros de los últimos tres balances generales (EIEF).
Para cada uno de los indicadores se establece una escala de puntaje. De acuerdo al puntaje parcial y por aplicación de la fórmula seguidamente detallada, se obtendrá el puntaje final para este rubro.
PUNTAJE = N
Donde N es la sumatoria de los valores máximos obtenidos de cada indicador.
ÍNDICES
1) SOLVENCIA = (ACTIVO TOTAL / PASIVO TOTAL)
Desde |
Hasta |
Concepto |
Puntaje |
<1,25 |
1,25 |
Malo |
1,50 |
1,26 |
1,45 |
Regular |
5,00 |
1,46 |
1,65 |
Bueno |
10,00 |
1,66 |
1,85 |
Muy Bueno |
12,50 |
1,86 |
>1,86 |
Óptimo |
15,00 |
2) LIQUIDEZ CORRIENTE = ACTIVO CORRIENTE / PASIVO CORRIENTE
Desde |
Hasta |
Concepto |
Puntaje |
<1,00 |
1,00 |
Malo |
2,50 |
1,01 |
1,10 |
Regular |
5,00 |
1,11 |
1,30 |
Bueno |
10,00 |
1,31 |
1,50 |
Muy Bueno |
12,50 |
1,51 |
>1,51 |
Óptimo |
15,00 |
3) PRUEBA ÁCIDA = ACTIVO LÍQUIDO / PASIVO CORRIENTE
Desde |
Hasta |
Concepto |
Puntaje |
<0,50 |
0,50 |
Malo |
2,50 |
0,51 |
0,60 |
Regular |
5,00 |
0,61 |
0,80 |
Bueno |
10,00 |
0,81 |
0,95 |
Muy Bueno |
12,50 |
0,96 |
>0,96 |
Óptimo |
15,00 |
4) IMPORTANCIA DEL PASIVO CORRIENTE = PASIVO CORRIENTE / ACTIVO TOTAL
Desde |
Hasta |
Concepto |
Puntaje |
>0,95 |
0,95 |
Malo |
1,00 |
0,94 |
0,75 |
Regular |
2,00 |
0,74 |
0,55 |
Bueno |
4,00 |
0,54 |
0,35 |
Muy Bueno |
6,00 |
0,34 |
<0,34 |
Óptimo |
8,00 |
5) ENDEUDAMIENTO TOTAL = PASIVO TOTAL / PATRIMONIO NETO
Desde |
Hasta |
Concepto |
Puntaje |
>1,71 |
1,71 |
Malo |
2,50 |
1,70 |
1,61 |
Regular |
5,00 |
1,60 |
1,51 |
Bueno |
10,00 |
1,50 |
1,00 |
Muy Bueno |
12,50 |
0,99 |
<0,99 |
Óptimo |
15,00 |
6) IMPORTANCIA DEL CAPITAL PROPIO = PATRIMONIO NETO / ACTIVO TOTAL
Desde |
Hasta |
Concepto |
Puntaje |
<0,09 |
0,09 |
Malo |
1,00 |
0,10 |
0,19 |
Regular |
2,00 |
0,20 |
0,29 |
Bueno |
4,00 |
0,30 |
0,49 |
Muy Bueno |
6,00 |
0,50 |
0,50 |
Óptimo |
8,00 |
7) RENTA SOBRE CAPITAL PROPIO = RESULTADO FINAL DEL EJERCICIO / PATRIMONIO NETO
|
Ratio |
Concepto |
Puntaje |
|
negativo |
Malo |
1,00 |
|
positivo |
Bueno |
8,00 |
8) RENTA SOBRE INGRESOS = RESULTADO FINAL DEL EJERCICIO / INGRESOS TOTALES
|
Ratio |
Concepto |
Puntaje |
|
negativo |
Malo |
1,00 |
|
positivo |
Bueno |
8,00 |
9) ENDEUDAMIENTO A CORTO PLAZO = PASIVO CORRIENTE / PATRIMONIO NETO
Desde |
Hasta |
Concepto |
Puntaje |
>0,30 |
|
Malo |
0,00 |
0,20 |
0,30 |
Regular |
2,00 |
0,15 |
0,20 |
Bueno |
4,00 |
0,10 |
0,15 |
Muy Bueno |
6,00 |
<010 |
|
Óptimo |
8,00 |
El porcentaje obtenido en cada uno de los balances generales sobre la base de los índices anteriores, se ponderará con la siguiente fórmula:
Puntaje = 0,50 X + 0,30 Y + 0,20 Z
X: Es la sumatoria de los valores obtenidos según la escala aplicada al último balance general.
Y: Ídem, aplicada al penúltimo balance general.
Z: Ídem, aplicada al anteúltimo balance general.
Nota Aclaratoria: Índice prueba ácida.
Se entenderá por activo líquido a la sumatoria de los rubros integrantes del activo corriente, excluidos de bienes de cambio.
Cuando algún índice no pueda ser determinado por falta de exposición de algún rubro (o por ser ésta técnicamente inadecuada), el puntaje a otorgar es de 0 (cero) puntos al mismo.
Artículo 8º. Presupuesto tope
El pliego establecerá un presupuesto tope para la obra.
El precio de las ofertas no pueden superar el presupuesto oficial. Las ofertas que lo superen serán desestimadas.
Artículo 9º. Aceptación sistema de precalificación
Todos los oferentes participantes de la presente licitación se someterán sin objeción alguna al sistema de precalificación dispuesto en el artículo 7º del pliego particular de condiciones.