RESOLUCIÓN Nº 163/2010
NEUQUEN, 27 DE JULIO DE 2010
VISTO
El Decreto Nº 2019/09, por el cual se asigna a la Secretaría de Estado de Gestión Contrataciones la centralización de las locaciones de vehículos de uso oficial; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 2019/09 entró en vigencia a partir del 02 de Noviembre de 2009, realizándose desde entonces, las contrataciones de vehículos requeridos por la Administración Pública Provincial, a través de esta Secretaría de Estado;
Que la experiencia acumulada en este período, ha demostrado que el pleno cumplimiento del Decreto Nº 2019/09 se ha visto dificultado, atento a que los trámites administrativos fueron elevados por los organismos requirentes, en la mayoría de los casos, con limitado tiempo para realizar las contrataciones en tiempo y forma;
Que además, se verifica la falta de precisión en los requerimientos, según lo estipulado en los Puntos 1 y 2 del Anexo 1 del Decreto Nº 2019/09 y la falta de documentación y con partidas presupuestarias sin crédito ni fondos suficientes para ese destino, según Punto 4 del Anexo 1;
Que lo mencionado anteriormente, ha demorado la tramitación de las contrataciones, más allá de los tiempos lógicos administrativos tratando de subsanar las deficiencias de los Expedientes; sobrecargando las tareas de la Coordinación Administrativa dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública de la SEGPyC;
Que ese excedente de tareas, que corresponden a otros Organismos, ha resentido la tramitación de las actividades propias de esta Secretaría de Estado, afectando los servicios que presta;
Que es responsabilidad del Organismo solicitante de la contratación, prever la partida presupuestaria necesaria, contar con la documentación pertinente y lograr un eficaz procedimiento que le permita procurarse los automotores que requieran;
Que por lo expuesto corresponde modificar el procedimiento de contratación de vehículos, a fin de procurar el cumplimiento de las obligaciones del estado, en tiempo y forma;
Que, por el punto 6 del anexo 1 del Decreto Nº 2019/09, el Secretario de Estado de Gestión Pública y Contrataciones queda facultado a flexibilizar el Procedimiento, mediante un Acto Administrativo Expreso y Fundado, cuando existan probadas razones que pudieran resentir gravemente el Servicio a ser prestado por las dependencias contempladas en el Decreto Nº 2019/09, como así también queda autorizado a dictar los procedimientos complementarios que considere necesarios para implementar lo dispuesto en la norma;
Por ello;
EL SECRETARIO DE ESTADO DE LA
GESTIÓN PÚBLICA Y CONTRATACIONES
RESUELVE:
Artículo 1°: AUTORÍZASE Y FACÚLTASE a cada Ministerio, Secretaría de Estado y/o Ente Descentralizado, a proceder a la locación de vehículos por los procedimientos previstos en la presente Resolución, dictada en el marco del Decreto Nº 2019/09.
Artículo 2°: PREVIO a la realización del procedimiento de contratación, ya sea por licitación pública, privada, concurso de precios, o contratación directa, los Expedientes serán remitidos a la Secretaría de Estado de la Gestión Pública y Contrataciones, para el Visto Bueno del Señor Secretario de Estado, verificándose que cumplan con los puntos 1 a 4, del Anexo 1 del Decreto Nº 2019/09. Acto seguido serán devueltas las actuaciones a los Señores Ministros, Secretarios de Estado y/o Presidentes de Entes requirentes para que, a través de sus Servicios Administrativos, procedan a su contratación según lo dispuesto en el Artículo 2° del Decreto Nº 2019/09.-
Artículo 3°: PREVIO a la adjudicación de la locación de vehículos y con posterioridad a la intervención de competencia de la Oficina Provincial de Contrataciones, deberán remitirse nuevamente las actuaciones al Señor Secretario de Estado de la Gestión Pública y Contrataciones para su conformidad final.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese y cumplido Archívese.
FDO.) LAFFITTE