Resolución Nº 23-2003 Ministerios y Secretarias de Estado -S.E.G.

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Resolución Nº 23/03 SEGG.-

Neuquén, 29 diciembre de 2003.-

 

VISTO:

La Ley Orgánica de Ministerio Nº 2450/03; y

 

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, se han creado y modificado las estructuras ministeriales en el ámbito del poder ejecutivo provincial;

Que ante esta reestructuración se hace necesario asignar y/o ratificar los guarismos correspondientes, que permitan la correcta identificación de los actos administrativos de los diferentes ministerios y secretarias de estado;

Por ello,

EL SECRETARIO DE ESTADO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE

 

Articulo 1º: Adoptase los guarismos correspondientes para los ministerios, secretaria de estado y tribunal de cuentas, que a continuación se detallan:

Ministerio Jefatura de Gabinete                                           3000

Ministerio de Hacienda, Finanzas y Energía                          3700

Ministerio de Educación, Cultura, Deportes y Juventud        3500

Ministerio de Producción y Turismo                                     3300

Ministerio de Salud y Seguridad Social                                 3400

Ministerio de Obras y Servicios Públicos                              3900

Ministerio de Acción Social                                               3600

Ministerio de Empresas Públicas                                        3800

Secretaria de Estado General de la Gobernación                  3100

Tribunal de Cuentas                                                        2600

Articulo 2º: Los Ministerios y Secretaria de Estado mencionados en el Articulo 1º de la presente norma legal asignaran los guarismos correlativos a las subsecretarias y/o los distintos organismos centralizados o descentralizados correspondientes a sus dependencias y siguiendo un orden ascendentes de acuerdo al ordenamiento jerárquico de cada organismo, siempre que exista una mesa de entradas que inicie tramites administrativos (expedientes).

 Articulo 3º: Derogase la Resolución Nº 129/02, del ex Ministerio de Planificación y Control de Gestión.

 Articulo 4º: Implementase a partir del 01º de enero de 2004, una numeración correlativa y consecutiva, comenzando con el numero 00001.

Articulo 5º: cumplido lo establecido en la presente norma legal y asignados los números de guarismo a cada una de las dependencias internas de cada ministerio secretaria de estado, comuníquese lo resuelto a la dirección de mesa de entradas y salidas de la secretaria de estado general de la gobernación.

Articulo 6º: Comuníquese, regístrese y archívese.

 Fdo) Salvado

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