Decreto Nº 3120-2014 Disolución Unidad Ejecutora Técnica

Print Friendly, PDF & Email

 

 

DECRETO Nº 3120/2014

NEUQUÉN, 23 DE DICIEMBRE DE 2014

 

VISTO:

El Expediente Nº 5900-002668114 y los Decretos Provinciales Nº 2016/12, 2017/12 y 0939/13; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente mencionado en el Visto, se tramita la y liquidación de la Unidad Ejecutora Técnica creada por el Decreto Nº 2016/12;

Que con fecha 14 de noviembre de 2012, por el Decreto Nº 2016/12 se declaró el Alerta Máxima por Carencia Extraordinaria de Lluvias y Nevadas, en todo el territorio de la Provincia del Neuquén por el término de siete (7) meses, por Decreto Nº 2017/12 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de la Unidad Ejecutora Técnica y por Decreto Nº 0939/13, se prorrogó por el término de dos (2) meses a partir del 14 de junio de 2013, la vigencia de la declaración del Alerta;

Que habiendo cumplido la Unidad Ejecutora Técnica en función de su presupuesto, con las obras y las tareas en pos de paliar las consecuencias producidas por la Carencia Extraordinaria de Lluvias y Nevadas en el año 2012 y 2013 en todo el territorio provincial, corresponde proceder a su disolución y liquidación;

Que es necesario cumplimentar las tareas administrativas, financieras, contables, presupuestarias de cierre de ejercicio, las bajas impositivas, el cierre de las cuentas bancarias y el resguardo de la documentación, designando los funcionarios que estarán a cargo de dichas tareas;

Que la Unidad Ejecutora Técnica ha firmado diversos convenios no onerosos y en virtud a que algunos todavía se encuentran vigentes, resulta necesario designar un organismo que absorba los derechos y obligaciones que surgen de los mismos;

Que las obras ejecutadas y terminadas por la Unidad Ejecutora Técnica bajo el Programa Nº 433 “AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE AGUA Y ALCANTARILLADO” – Proyecto Nº 905 “MITIGACIÓN POR CARENCIA EXTRAORDINARIA DE LLUVIAS Y NEVADAS” deberán ser transferidas patrimonialmente al resguardo del Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS), organismo que posee la incumbencia de las mismas por el objeto de su función en la provisión y distribución de agua potable para consumo humano;

Que los saldos presupuestarios bajo las Fuentes Financieras especificas Nº 4373 – Ley 24073 N.B.I. Ganancias, Nº 5456 – Fondo Federal Solidario Decreto P.E.N. Nº 206/09 y Nº 6120 – Bonos Ley 2741 sean asignados directamente desde la Unidad Ejecutora Técnica a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, para ser afectados a obras de su incumbencia;

Que el presente Decreto cuenta con la intervención Contaduría General de la Provincia;

Que de acuerdo a las facultades conferidas por la Constitución Provincial, la Ley 2798 y su modificatoria 2841 corresponde el dictado del presente Decreto;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

DECRETA:

 

Artículo 1º: PROCÉDASE a la disolución y liquidación de la Unidad Ejecutora Técnica – creada por Decreto Provincial Nº 2016/12 y prorrogada por Decreto Provincial Nº 0939/13.-

Artículo 2º: DÉSE DE BAJA a partir de la firma de la presente norma legal, las designaciones establecidas por Decreto Nº 2017/12 de la Estructura Orgánico Funcional de la Unidad Ejecutora Técnica.-

Artículo 3º: DESÍGNASE como liquidadores en forma conjunta al CPN Mauro Vicente Galiana, DNI Nº 25.196.028 y al CPN Diego Domagoj Alic, DNI Nº 25.725.038, firmantes de las cuentas de la Unidad Ejecutora Técnica.-

Artículo 4º: TRANSFIÉRASE al Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS) dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Servicios Públicos  del Ministerio de Energía y Servicios Públicos, los derechos y obligaciones de la Unidad Ejecutora Técnica, que incluyen las obras bajo el Programa Nº 433 “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE AGUA Y ALCANTARILLADO” – Proyecto Nº 905 “MITIGACIÓN POR CARENCIA EXTRAORDINARIA DE LLUVIAS Y NEVADAS”.-

Artículo 5º: PROCÉDASE a ceder a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, los saldos de crédito presupuestario bajo las Fuentes Financieras especificas Nº 4373 – Ley 24073 N.B.I. Ganancias, Nº 5456 – Fondo Federal Solidario Decreto P.E.N. Nº 206/09 y Nº 6120 – Bonos Ley 2741 para ser afectados a obras de su incumbencia.-

Artículo 6º: AUTORÍZASE a la Subsecretaría de Hacienda y a la Contaduría General de la Provincia, a través de las áreas correspondientes a realizar las adecuaciones presupuestarias y contables necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en la presente norma legal.-

Artículo 7º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Energía y Servicios Públicos y el Señor Ministro de Economía y Obras Públicas.-

Artículo 8º: Comuníquese, Publíquese, dese intervención al Boletín Oficial y archívese.-

 

Fdo) SAPAG

NICOLA

GUTIERREZ

Pages:
Edit