Cuenta General de Inversión 2023
La Contaduría General de la Provincia tiene las atribuciones y deberes que la Constitución de la Provincia y la Ley de Administración Financiera y Control Nº 2141 le asignan. Formula anualmente la Cuenta General de Inversión. Esta genera información relevante, confiable y oportuna. Constituye una herramienta primordial para el análisis y evaluación de la gestión gubernamental durante un periodo, y expone la situación del patrimonio público. Se presenta en formato digital mediante el Expediente Electrónico EX-2024-00850247- -NEU-CGP del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) Disposición N°5/2021.
CONSOLIDADO GENERAL:
Memoria
Estado Financiero
Estado de Resultado Presupuestario
Estado de Realización de Recursos
Estado de Ejecución de Gastos
Estado de Situación del Tesoro
Estado de Situación Patrimonial
Estado de la Deuda Pública Directa
Estado de los Bienes del Estado
Estado de las Autorizaciones por aplicación del artículo 18° Ley 2141
Saldo de Compromiso (artículo 17° inciso b) Ley 2141
Estado del Movimiento de Fondos del artículo 25° Ley 2141
Estado de Origen y Aplicación de Fondos
Cuenta de Ahorro – Inversión – Financiamiento de la Administración Provincial
CONSOLIDADO DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL:
Estado Financiero
Estado de Resultado Presupuestario
Estado de Realización de Recursos
Estado de Ejecución de Gastos
Estado de Situación Patrimonial
Estado de la Deuda Pública Directa
Estado de Origen y Aplicación de Fondos
Cuadro de Ingresos y Egresos Tesorería General de la Provincia
2) Se detallan los Expedientes electrónicos de cada Organismo de la Administración Central, Organismos Descentralizados, Fondos Fiduciarios y de los Estados Contables pertenecientes al Instituto de Seguridad Social y entes del apartado II) – Art.6 Ley 2141; expedientes que se encuentran asociados al Expediente Electrónico EX-2024-00850247- -NEU-CGP– Cuenta General de Inversión 2023.
ORGANISMOS DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL:
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS:
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y ENTES PERTENECIENTES AL APARTADO II) ART 6º LEY 2141